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el billete / OPINIÓN

Derechos fundamentales

Foto: KIKE TABERNER
20/07/2021 - 

VALENCIA. Suben los contagios y aumenta la opacidad. Nos arrolla la quinta ola —¿ya no nos comparamos con Madrid?— y regresa la falta de respeto de los gobernantes a los ciudadanos, tratados como niños cuando no como borregos. La correlación entre los picos de la pandemia y la resistencia de nuestros mandatarios a dar explicaciones da para un trabajo en alguna facultad de ciencias políticas o de la información.

Limita la consellera de Sanidad los derechos fundamentales de cinco millones de valencianos e impone el toque de queda en 32 municipios, y ni una aclaración sobre por qué este sí y aquel no, aclaración que no solo hemos pedido los periodistas para trasladarla a los afectados sino el propio alcalde socialista de Sant Vicent del Raspeig, único municipio alicantino damnificado pese a no ser, de lejos, el que más contagios tenía. Y, por supuesto, ni hablar de hacer público el informe que justifica tales medidas drásticas, no vaya a ser que la población se acostumbre a que le den explicaciones en lugar de a obedecer.

Cambia Sánchez a siete ministros y se permite resolverlo con otro ¡aló, presidente! en la puerta de casa, sin preguntas. Anula el Tribunal Constitucional el estado de alarma primigenio y el Gobierno nos regala una comparecencia sin preguntas de la flamante ministra de Justicia, Pilar Llop, que se estrena en el cargo con un 'plasma' desde La Moncloa.

Pilar Llop, en su comparecencia ante nadie. Foto: MONCLOA

Vamos con la sentencia. El Tribunal Constitucional ha fallado en defensa de nuestros derechos fundamentales y demasiada gente ha salido en tromba contra los magistrados y en defensa del Gobierno que los ha vulnerado. 

Hubo un ministro del Gobierno de España que dimitió cuando el TC anuló un apartado de un artículo de la ley de la que había hecho bandera. Aquel artículo, el 21.2 de la Ley de Seguridad Ciudadana —que le hizo merecer el sobrenombre de "ley de la patada en la puerta"— autorizaba a la Policía y la Guardia Civil a entrar y registrar un domicilio sin autorización judicial cuando tuvieran "conocimiento fundado" de que se estaba cometiendo un delito de narcotráfico y fuera necesario hacerlo para evitar la huida o la destrucción de pruebas. También entonces alguna gente lo defendió porque, oye, la Policía solo va a entrar sin autorización judicial en casas de traficantes y camellos. El ministro que dimitió se llamaba José Luis Corcuera y era del PSOE —era, se borró cuando llegó Sánchez—, pero eso sucedió cuando los ministros tenían la sana costumbre de dimitir.

Nadie esperaba que se produjeran dimisiones por la reciente sentencia del TC en defensa de nuestros derechos fundamentales, y menos después de la reciente escabechina en el ala socialista del Consejo de Ministros, pero uno echa de menos cierto propósito de enmienda en unos políticos que han abusado de sus prerrogativas bajo la máxima de que el fin justifica los medios.

Foto: RAFA MOLINA

Dijo Pilar Llop en su comparecencia por plasma sin preguntas que el confinamiento duro era "imprescindible" y que salvó 450.000 vidas, argumento peligroso porque da pie a que, si nos ponemos a contar, lo hagamos también con las muertes por diagnósticos tardíos, los suicidios, las anorexias, la violencia intrafamiliar y la gente en tratamiento psicológico o psiquiátrico. El confinamiento fue la estrategia en aquel momento en buena parte del mundo ante una enfermedad desconocida, aunque luego se ha demostrado que había otras fórmulas. Así, la estrategia de brocha gorda que es el confinamiento generalizado no se aplicó en la Comunitat Valenciana el pasado enero, cuando el número de contagios y de muertos fue muy superior al de aquellos meses encerrados. Se combatió con medidas "quirúrgicas", como las definió Ximo Puig.

Lo cierto es que en aquel momento había que cortar por lo sano, razón por la que la censura del TC no es a la decisión que tomó el Gobierno, sino a la vía escogida, que es inconstitucional. No es el primer revolcón del TC al Ejecutivo, también declaró inconstitucional la forma en que Sánchez colocó a Pablo Iglesias e Iván Redondo en el órgano de control del CNI. El Constitucional está para eso, para que el Gobierno no se salte la Constitución.

Se ha criticado la lentitud del tribunal, que anula algo que dejó de estar en vigor hace un año, pero puede que la proverbial tardanza de los magistrados tenga, en este caso, su lado positivo: no desbarató en lo peor de la crisis la estrategia del Gobierno, lo que habría generado mas caos, pero ahora le da un tirón de orejas por no promover una reforma legal ad hoc para las pandemias, como le viene pidiendo Casado desde hace más de un año, como anunció Carmen Calvo —algo debía olerse como catedrática de Derecho Constitucional— en mayo de 2020 y como le prometió Sánchez a Arrimadas a cambio del voto de Ciudadanos a una de las prórrogas del estado de alarma. Sánchez, para variar, no cumplió su palabra. 

Foto: KIKE TABERNER

Que el TC haya dejado en evidencia a su Gobierno es lo que ha hecho perder la compostura a la ministra Margarita Robles. La inacción del Ejecutivo ha llevado, además, a la situación actual en la que unas CCAA tiene más herramientas contra la covid que otras en función de cómo el tribunal superior de justicia del lugar considera que se pueden restringir derechos fundamentales. Puig, Aragonés y Revilla pueden prohibir la circulación de personas pero sus homólogos de Canarias, Extremadura y País Vasco no. Tras la sentencia del TC, es chocante que el Gobierno no pueda confinar a la población mediante el estado de alarma y una comunidad autónoma sí pueda mediante una simple resolución de la Consejería de Sanidad con el visto bueno del TSJ.

Otra cosa es que nos parezcan bien o mal, excesivas o escasas, las medidas que cada gobernante pueda tomar —cabe destacar la medida, menos agresiva que el toque de queda, del País Vasco, que prohíbe las reuniones en espacios abiertos de 0.00 a 6.00 horas y, por supuesto, el botellón, pero no prohíbe la libre circulación de personas—. Lo que está en discusión, a raíz del fallo del TC, son los límites para el poder ejecutivo, las herramientas legales, que es evidente que no son las adecuadas, por mucho que la ministra Darias niegue la evidencia y quiera que sea el Supremo el que legisle y gobierne. Luego, si no les gusta la respuesta del tribunal dirán que los magistrados no tienen sentido de Estado.

Por desgracia, la libertad de circulación y la libertad de reunión no son los únicos derechos fundamentales de los que se debería hablar estos días. Como decía al inicio, el derecho a la información se ve también restringido por una política comunicativa estatal y autonómica tan pendiente de la pandemia como de la proyección política del que manda. Una política que trata a los periodistas como meros recaderos de los comunicados oficiales edulcorados, negándoles cualquier dato adicional solicitado, apropiándose de la información oficial que están obligados a dar y convirtiendo las ruedas de prensa en un reto para conseguir no decir nada.

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