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Transporte suspende temporalmente los tiempos de conducción y descanso de los camioneros

17/03/2020 - 

MURCIA. Siguiendo las recomendaciones de las organizaciones de transporte, el Ministerio, a través de la Dirección General de Transporte Terrestre (DGT) ha emitido una nueva resolución por la que se suspende en todo el país, y de manera temporal, el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso en el transporte de mercancías, con la intención de garantizar el suministro de todo tipo de mercancías. 

La Resolución exime de cumplir temporalmente los artículos 6.1 y 8.6 del Reglamento número 561/2006, es decir el límite diario de horas de conducción y los descansos semanales. Hay que resaltar que se incluyen todas las operaciones de transporte de mercancías.

se puede conducir más de 10 horas diarias y el conductor puede saltarse el descanso semanal desde el 14 hasta el 28 de marzo.

No obstante, el resto de articulado sigue en vigor. Eso quiere decir que se deben seguir cumpliendo los descansos y pausas diarias, no exceder de la conducción semanal (56 horas) ni la bisemanal (90 horas). 

Desde Froet, señalan, consideran que la decisión "se queda corta" ya que exceder las horas diarias de conducción y los límites de jornadas semanales son incompatibles con el cumplimiento estricto de los límites de conducción semanal y bisemanal, sobre todo en esta situación tan extraordinaria. 

Por ello solicitan al Ministerio de Transporte que la excepción se extienda al resto de artículos sobre todo a los Artículos 6.2 y 6.3 del Reglamento número 561/2006.

Igualmente, consideran "primordial" que esta exención se aplique por igual a todos los países de la UE mientras dure la crisis del coronavirus.

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