no ve cohecho en el transfuguismo

La Fiscalía archiva la denuncia por "comprar votos" en la moción de censura contra Miras: no ve delito

El fiscal deniega los argumentos de Podemos, que había denunciado por un presunto cohecho a López Miras, García Egea, Isabel Franco, Francisco Álvarez, Valle Miguélez y Fran Hervías

10/09/2021 - 

MURCIA (EFE). La Fiscalía del Tribunal Supremo ha propuesto el archivo de la denuncia presentada por Podemos por un presunto cohecho por compra de votos en la frustrada moción de censura del pasado mes de marzo contra el Gobierno de la Región de Murcia que preside Fernando López Miras (PP).

Podemos denunció a los tres diputados de Ciudadanos (Isabel Franco, Francisco Álvarez y Valle Miguélez) que, en contra de lo acordado por la dirección del partido en la Región de Murcia, votaron contra la moción, pero también al exsecretario de Organización de ese partido Fran Hervías y al secretario general del PP, Teodoro García EgeaPodemos sostenía que los nombramientos de los tres diputados tránsfugas como consejeros del Gobierno constituían una "dádiva, favor o retribución" por haber cambiado el sentido del voto. Por ese motivo, la formación morada atribuía el cohecho a los tres parlamentarios, así como al jefe del Gobierno regional, Fernando López Miras.

En un decreto, al que ha tenido acceso EFE, el fiscal de Sala Jefe de la Sección Penal de la Fiscalía del Supremo, Javier Zaragoza, considera que los hechos descritos en la denuncia carecen de relevancia penal dado que el nombramiento de dos de los diputados de Ciudadanos que votaron en contra de la moción en dos de las Consejerías del Gobierno regional "no puede considerarse como una ilícita recompensa". Ello implicaría "extender este concepto normativo a situaciones como el nombramiento de otros dirigentes de la formación política en cuestión en caso de prosperar la moción de censura".

"Únicamente subyacen motivos políticos"

"Es más, -añade el fiscal- los datos que se conocen de las informaciones aparecidas en los medios de comunicación apuntan a que, tras la división del voto, subyacen únicamente razones o motivos estrictamente políticos, identificables con un problema de liderazgo en Ciudadanos entre la candidata propuesta en la moción de censura y la que en ese momento era vicepresidenta del Gobierno regional de la Comunidad".

Argumenta Zaragoza que si se considera legítimo presentar una moción de censura, como acto estrictamente político que es, aunque encubra un reparto de cargos y funciones de gobierno, "no menos legítimo debe ser considerado oponerse a la misma, desactivando de esta manera mediante acuerdos políticos la prosperabilidad de aquella, aun cuando se rompa la disciplina de voto por desacuerdos internos".

Se trata de un hecho "políticamente justificable", porque el Estatuto de Autonomía de Murcia "proclama que los diputados no están sujetos a mandato imperativo alguno", concluye el escrito.

Podemos denunciaba además a Fran Hervías, de Ciudadanos, y a Teodoro García, secretario general del PP, como las personas que llevaron a cabo las gestiones para cambiar el sentido del voto de los tres diputados regionales de Ciudadanos, si bien el fiscal aprecia que no está acreditado "ni siquiera indiciariamente" la concurrencia de los elementos típicos que integran el delito, ni siquiera su participación en acciones legales con encaje en ese tipo penal.

Por todo ello, la Fiscalía del Supremo considera que no resulta procedente practicar diligencias ni recibir declaración alguna al denunciado aforado Teodoro García, "ni siquiera mediante la fórmula de citación para una comparecencia voluntaria".

Los hechos denunciados por Podemos ocurrieron el 10 de marzo cuando PSOE y Cs presentaron una moción de censura contra el gobierno autonómico, pero cuando llegó el momento de la votación, el día 18, tres diputados de Ciudadanos no la apoyaron, discrepando del acuerdo político al que su formación había llegado con el PSOE, por lo que finalmente fracasó.

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