MURCIA. Los contratos de alquiler de viviendas a los que les toque la renovación anual de su renta este octubre seguirán teniendo, por séptimo mes seguido, un límite a la subida del 2%, con motivo del decreto del Gobierno de Pedro Sánchez de respuesta a las consecuencias económicas de la guerra de Ucrania presentado a finales de marzo, y que fue ampliado en junio hasta finales de año. Desde el pasado abril, los contratos de alquiler de viviendas firmados con una vinculación al Índice de Precios al Consumo (IPC), que es el indicador más utilizado en los contratos de arrendamiento, han dejado de sufrir los vaivenes de un momento económico de fuerte incertidumbre y alta inflación, con cifras que no se veían, según portales inmobiliarios como Idealista, desde los años 80 en España.
Desde que a finales de marzo de este año, la Moncloa aprobó el decreto, la tasa del IPC ha superado mensualmente siempre el 8% , siendo de más de dos dígitos en junio, julio (récord del 10,8%) y agosto. Septiembre ha dado un cierto respiro, tras situarse en el 8,9%, más de un punto y medio por debajo de la registrada en agosto, y casi dos puntos frente al techo de julio.
Por tanto, en el actual contexto, a los inquilinos de una vivienda tipo con dos habitaciones de Murcia, según datos ofrecidos por Idealista, que les toque revisar su alquiler durante octubre pasarán a pagar 510 euros de media, lo que supone 10 euros más al mes, 120 euros más al año. Sin embargo, si no hubiera existido ese límite decretado por el Gobierno de España el pasado mes de marzo, el precio mensual hubiera sido de 545 euros al mes. Esto hubiera supuesto un incremento anual de 534 euros al año. Con el límite, los ciudadanos de Murcia se ahorran 414 euros al año. Una cantidad nada desdeñable en un contexto inflacionista como el que vivimos.
A nivel nacional, la renta media del alquiler se sitúa en los 710 euros mensuales, lo que supone 14 euros más al mes frente a hace un año. Equivale a una subida de alrededor de 167 euros al año, según el estudio realizado por idealista, tomando como referencia el arrendamiento de una vivienda tipo piso de dos habitaciones.
Capitales como San Sebastián, Barcelona o Madrid superarán los 200 euros anuales de incrementos de las rentas para dejar unos alquileres medios de 969 euros, 928 euros y 867 euros, respectivamente. Por detrás, le siguen otras ciudades como Bilbao, Palma o Vitoria, con subidas mensuales entre 15 y 16 euros/mes para dejar unas nuevas rentas medidas para las viviendas tipo entre 765 y 816 euros.
Entre las ciudades donde menos se va a notar la subida de los alquileres a los que les toque renovar su alquiler en octubre destacan Ciudad Real (367 euros al mes), Lugo (388 euros), Ourense y Zamora (ambos con 408 euros/mes), con menos de 100 euros de incrementos anual. Pero no son las únicas capitales de provincia con subidas de menos de 10 euros al mes. Ávila, Badajoz, Cáceres, Cuenca, Huesca, Huelva, Lleida, Oviedo, Pontevedra o Teruel, también se sitúan con rentas mensuales por debajo de los 460 euros al mes.
Tras la confirmación por parte del Instituto Nacional de Estadística (INE) de la tasa del Índice de Precios al Consumo (IPC) en septiembre, que es la que afectaría a los alquileres firmado este octubre, el dato del 8,9% hubiera supuesto un incremento medio nacional de 742 euros anuales, tras una subida de 62 euros al mes, y dejar una renta mediana de 757 euros/mes. Esto supone una diferencia en torno a los 575 euros entre ambos cálculos
En la comparativa de los principales mercados, San Sebastián hubiera alcanzado una actualización de la renta hasta los 1.035 euros de mensualidad, lo que habría dejado una subida anual de 1.015 euros. Por detrás aparecerían Barcelona, con un alquiler actualizado hasta más de 990 euros/mes, es decir más de 970 euros de aumento al año.
La vivienda tipo analizada para Madrid, por su parte, habría generado una renovación de la renta hasta los 926 euros/mes, más de 90 euros de subida al año (76 euros al mes). Por detrás, los alquileres de Palma y Bilbao habrían alcanzado poco más de 870 euros al mes tras la actualización de 70 euros al mes, superando los 805 euros de más al año. Otros mercados como Valencia (762 euros/mes) o Málaga (681 euros/mes) habrían generado unas subidas anuales de casi 750 euros y 670 euros, respectivamente.
Las subidas limitadas del 2% se mantendrán para los alquileres a los que les toque renovar durante este mes de octubre, siempre y cuando se haya pactado en el contrato. En la última modificación de la LAU(Ley de Arrendamientos Urbanos), de marzo de 2019, se especifica que en el contrato debe constar de forma expresa el pacto entre las partes para la actualización anual de las rentas.
Por lo general, la actualización se firma tomando como referencia el Índice de Precios al Consumo (IPC), pero también se debe especificar. Si no hay detalle sobre la metodología de referencia, se aplicará la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que es la tasa que se está aplicando actualmente a todos los alquileres lo establezcan en sus contratos.
El Índice de Garantía de la Competitividad (IGC) es el dato corregido del Índice de Precios al Consumo (IPC) armonizado de la Eurozona. Se calcula como la media del IPC de todos los países que tienen el euro, pero corregido para ajustar la pérdida de competitividad que España acumula desde 1999. Actualmente se encuentra en el 5,42% tras su última publicación en septiembre, y correspondiente a julio. La próxima revisión será el 20 de octubre sobre el IGC de agosto. Pero cabe recordar, tanto para propietarios como para inquilinos, que cuando les toque negociar la renovación del contrato de alquiler, pese a que el índice se encuentra en su punto más alto de la serie histórica, la normativa que le aplica, la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española (BOE 31/03/2015), afirma que "cuando la tasa de variación de este índice supere el objetivo a medio plazo de inflación anual del Banco Central Europeo (2%), se tomará este valor como referencia".