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la norma fue publicada en el boe el 5 de septiembre

Micropymes y alerta temprana, claves de la reforma de la ley concursal que entra en vigor este lunes

Foto: Alejandro Martínez Vélez/EP
25/09/2022 - 

MADRID (EFE). La simplificación del proceso para las empresas de menor tamaño y un sistema de alerta temprana son las claves de la reforma de la ley concursal que entra en vigor este lunes, tras su paso por el Congreso y el Senado y su publicación, el pasado 5 de septiembre, en el Boletín Oficial del Estado.

La norma incide en tres aspectos básicos: la reestructuración temprana de empresas viables, la posibilidad de exoneración de deudas para los deudores de buena fe -que se ha ampliado también a los consumidores- y la necesidad de elevar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración de insolvencia.

Uno de los puntos clave es el protagonismo que se da a los sistemas de alerta temprana, para lo que se han fijado unos indicadores que avisen a las empresas antes de tener problemas financieros para que puedan acudir a preconcursos preventivos.

Asimismo, el texto introduce un procedimiento de insolvencia único para autónomos y microempresas de menos de 10 trabajadores, más rápido, digitalizado y con coste reducido, que incrementa la posibilidad de continuidad de las empresas viables y facilita la reasignación de recursos.

Otra de las novedades es lo relativo a la exoneración del pasivo insatisfecho, lo que se conocía como segunda oportunidad, que se ha establecido en 20.000 euros, con lo que se pretende que autónomos o personas físicas no tengan que liquidar o vender bienes cuando pasan por dificultades.

Una norma bien recibida

Los profesionales del sector han recibido la nueva ley concursal con satisfacción, y desde la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) valoran sus significativos avances.

Entre ellos, la reducción del ámbito de alcance del procedimiento especial a los parámetros propuestos por la propia asociación, un punto muy importante teniendo en cuenta que, con la propuesta anterior, dicho procedimiento aplicaría a un porcentaje de prácticamente el 90 % de las empresas que presentan concurso.

Foto: Fernando Sánchez / Europa Press

También destacan la mejora de las condiciones de la segunda oportunidad, así como la modificación de uno de los artículos que implicaba la penalización de los honorarios de los administradores concursales en caso de superar los seis meses de liquidación, un plazo que se ha incrementado hasta los 8 meses.

No obstante, el presidente de la asociación, Diego Comendador, matiza que "aunque la ley presenta avances significativos para el sector de la insolvencia, todavía se hacen necesarios múltiples desarrollos reglamentarios que son clave, como una plataforma, unos formularios y un Estatuto que regule la administración concursal, entre otros”.

La creación de este Estatuto conllevaría grandes mejoras para todos los procedimientos de insolvencia, pues permitiría profesionalizar la administración concursal y que los expertos del sector cuenten con un marco y unos criterios por los que regirse, generando un sistema más sólido, añade Comendador.

Tras su paso por el Congreso, la ministra de Justicia, Pilar Llop, quiso poner el foco en el hecho de que la norma permitirá a las empresas con problemas de insolvencia pero viables continuar con su actividad, fortalecer el tejido empresarial y mantener el empleo.

Posible aumento de las insolvencias

No todo son opiniones favorables, y desde Abencys, firma especializada en insolvencias y restructuraciones, advierten de las consecuencias que esta nueva ley puede causar en los procesos concursales, así como a las figuras administrativas y las propias empresas en dificultades.

Para el caso de las microempresas, se prioriza un modelo de concurso rápido, en el cual figuras internas que típicamente eran esenciales a la hora de gestionar un concurso, quedarían en un segundo plano; en concreto, la figura del administrador pierde su papel fundamental dentro del proceso de insolvencia.

Ello, señala Abencys, supone que el proceso queda en manos del deudor, con el consiguiente riesgo para los acreedores; además, puede tener un resultado contrario a los intereses de los acreedores, haciendo peligrar el valor de los activos o la continuidad de la actividad empresarial.

Por ello, la firma prevé un aumento en las liquidaciones de compañías dentro del mercado español, cerrando el año con cifras récord.

Los últimos datos disponibles sobre concursos de acreedores inscritos en los registros mercantiles, recopilados por el Colegio de Registradores, correspondientes a agosto, revelan que ese mes estos procedimientos crecieron un 15,6 % en tasa interanual.

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