CARTAGENA. Los titulares de los puestos de venta ambulante en el mercadillo de verano de Plaza Bohemia -un total de 32 puestos- que deseen prorrogar la vigencia en la concesión de las autorizaciones otorgadas podrán solicitarlo a partir del próximo miércoles 17 de mayo hasta al 26 de mayo de este mismo mes, ambos inclusive. El periodo de vigencia de los puestos es desde 15 de junio empieza y acaba el 15 de septiembre y el horario de venta al público es de cinco de la tarde a dos de la madrugada del día siguiente. Para mantener la concesión debe acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal de Venta Ambulante, entre los que se encuentran:
- -Estar dado de alta en la Seguridad Social, así como al corriente de sus obligaciones tributarias con este Organismo.
- -Estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). En caso de exención o no sujeción de acuerdo con la normativa específica reguladora de este Impuesto, presentarán la copia de alta en el censo de obligados tributarios.
- Estar al corriente del pago de las obligaciones con la Hacienda pública estatal o municipal.
- Cumplir los requisitos y condiciones exigidos en su legislación específica para la comercialización y venta de los productos a ofertar.
- En el caso de comerciantes de venta ambulante procedentes de países no comunitarios, deberán, si son personas físicas, estar en posesión de los correspondientes permisos o autorizaciones exigidos por la normativa sobre extranjería, y, en el caso de personas jurídicas, estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Mercantil correspondiente.
Además, junto a la solicitud de mantenimiento de autorizaciones de venta ambulante en puestos de mercados en vía pública deberán aportar:
- 1. Modelo de Declaración Responsable por la que se acredita que se cumplen con todos los requisitos exigidos en la Ley 3/2014 de Venta Ambulante de la Región de Murcia, y que podrán descargar de Sede Electrónica de la web municipal junto con Fotocopia D.N.I./N.I.F
- 2. Seguro de Responsabilidad Civil, a nombre del titular de la autorización, que cubra el ejercicio de la actividad, y copia del recibo que acredite en pago de la anualidad. Se recuerda que, finalizado el plazo antes mencionado, no se tendrán en cuenta las instancias presentadas fuera del mismo.