CARTAGENA. El Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Cartagena ha fallado a favor de Pilar Barreiro Álvarez en el caso de intromisión ilegítima en su derecho al honor y a la propia imagen contra José López Martínez, exalcalde de Cartagena. La sentencia, dictada el 5 de noviembre de 2024, establece que López deberá indemnizar a Barreiro con 12.000 euros y publicar el fallo en dos medios de comunicación, uno de ellos Murcia Plaza, donde lanzó las declaraciones que motivaron la demanda.
El conflicto comenzó con una serie de afirmaciones realizadas por López en mayo de 2023 durante la campaña electoral para las elecciones municipales. En una entrevista Murcia Plaza, López justificó un pacto político en 2015 con el PSOE para "echar del gobierno a la corrupta de Pilar Barreiro". Estas palabras, según la demanda presentada por Barreiro, constituyeron una ofensa directa y sin base a su reputación, ya que cuando se pronunciaron, la exalcaldesa estaba retirada de la política y libre de cualquier acusación penal.
Barreiro fue alcaldesa de Cartagena entre 1995 y 2015 y se retiró de la política tras años de servicio público. En 2018, las causas judiciales abiertas en su contra por los casos Novo Carthago y Púnica fueron archivadas. Sin embargo, según la sentencia, López continuó utilizando el término "corrupta" para referirse a ella, lo cual, en palabras de la magistrada, resultaba inveraz y carecía de "sustento razonable".
La jueza Natalia Martínez Herrero concluyó que López, al repetir en varias ocasiones que Barreiro era “corrupta”, infringió el derecho al honor de la exalcaldesa. La sentencia señala que estas declaraciones fueron pronunciadas con pleno conocimiento de que las causas judiciales contra Barreiro habían sido sobreseídas y archivadas, y cuando ya no existía contienda política entre ambos, dado que Barreiro llevaba varios años apartada de la vida pública.
El fallo cita la doctrina del Tribunal Supremo en la que se establece que la libertad de expresión no puede amparar declaraciones injuriosas, especialmente cuando se hace referencia a hechos que afectan la reputación de una persona sin fundamento en la realidad. En este sentido, la jueza subrayó que las palabras de López no solo violaban la dignidad de Barreiro, sino que también pretendían mantener viva una imagen de sospecha sobre su gestión política.
La sentencia no solo condena a López a pagar 12.000 euros a Barreiro por los daños morales causados, sino que también le ordena publicar el fallo judicial a su costa en Murcia Plaza y en otro periódico, los mismos medios donde vertió las expresiones ofensivas. La jueza justificó esta medida como necesaria para reparar el daño y restaurar la reputación de la demandante en los mismos espacios en los que fue atacada públicamente.