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SOBRESEIMIENTO

La juez archiva la denuncia a Castejón por paralizar el derribo de la prisión de San Antón

4/12/2019 - 

CARTAGENA (EFE). La titular del juzgado de Instrucción número 1 de Cartagena, Nerea Cavero, ha dictado un auto de sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones contra la alcaldesa de Cartagena, Ana Belén, por un presunto delito de prevaricación administrativa en la paralización del derribo parcial de la cárcel de San Antón.

La denuncia ha sido presentada por la dirección del hospital Perpetuo Socorro, propietaria del inmueble y que reclamaba inhabilitación para cargo público a Castejón por un presunto delito de prevaricación continuada al negarse a otorgar la licencia de derribo de las estructuras no protegidas.

En este sentido, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cartagena acordó en mayo de 2018 presentar un recurso de alzada contra la resolución de la Dirección General de Bienes Culturales (DGBC) para que se extienda la protección al pabellón de reclusos de la prisión y, al mismo tiempo, mantener en suspensión la concesión de licencia de demolición.

Según el auto, la jueza estima que esta decisión del equipo de gobierno no puede, en modo alguno, considerarse constitutiva de un delito de prevaricación en cuanto no constituye una resolución injusta, alejada en todo caso de los intereses sociales.

Así, añade que, tras varias vicisitudes del procedimiento, y a pesar de que inicialmente la DGBC denegó la extensión de la protección solicitada por el consistorio, finalmente, mediante auto de 3 de mayo de 2019, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, acordó concederla conforme a lo solicitado.

"Es evidente que la concesión de la licencia de demolición hubiese supuesto un daño irreparable que los diferentes intervinientes en el procedimiento administrativo trataron de evitar", determina el auto de la jueza, contra la que se puede presentar recursos de reforma y de apelación.

Castejón ha incidido en que la jueza concluye que la decisión adoptada "en modo alguno puede considerarse constitutiva de delito de prevaricación en cuanto que no constituye una resolución injusta ni alejada de los intereses sociales".

La regidora se ha mostrado "satisfecha" al coincidir la decisión del juzgado con la del equipo de gobierno que dirige.

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