MURCIA. (EP) El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos proyectos de ley por los que se regulan las normas básicas y el estatuto laboral, por un lado de los bomberos forestales y, por otro, de los agentes forestales y medioambientales, que suman más de 20.000 trabajadores en España, según ha anunciado la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, Teresa Ribera.
Las dos iniciativas han sido desarrolladas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y del Ministerio de Hacienda y Función Pública (MHFP) para establecer un marco jurídico que asegure unas condiciones laborales y profesionales equivalentes en todo el país, ya que hasta ahora las comunidades autónomas habían regulado y desarrollado ambas figuras conforme a sus competencias, lo que provocaba hasta ahora desigualdades.
La vicepresidenta ha señalado que los proyectos de ley que se remitirán al Congreso de los Diputados para su tramitación legislativa buscan mejorar las normas básicas de estos dos colectivos "básicos" para este país y que ahora el Gobierno pretende mejorar con el fin de armonizar sus condiciones en el conjunto del país.
Ribera ha manifestado que a lo largo de los años los agentes forestales y los bomberos forestales han ido desarrollando su actividad desde las comunidades autónomas y desde el Estado "con arreglo a lo que cada administración ha considerado adecuado", lo que hace que las condiciones de prestación de sus servicios se hayan ido desarrollando de manera diferente.
"Es importante ofrecer unas normas básicas comunes a todos", ha defendido. Así, sobre el primer proyecto de ley ha destacado que reconoce de manera legal y expresa la categoría profesional de bomberos forestal con acuerdo a las prestaciones que pueden prestar, aborda, por ejemplo cuestiones como la jubilación de estos colectivos o la defensa jurídica de estos colectivos.
El marco básico para agentes forestales y medioambientales pretende dotar de un criterio común para este personal de las administraciones que trabajan para proteger la naturaleza y los bienes ambientales y que requiere reforzar su condición de policía administrativa especial y policía judicial en sentido genérico.
Entre otras cuestiones el proyecto de ley reconoce a estos trabajadores como agentes de autoridad en el contexto de las tareas de custodia, vigilancia, auxilio y colaboración en emergencias de Protección Civil pero que requerían "algunas especialidades reconocidas" en todo el territorio, como por ejemplo que sus vehículos tengan el reconocimiento de prioritarios; el despliegue de coberturas específicas y medios necesarios, compatibles en todo el territorio así como la ampliación de las coberturas jurídicas.
"Damos un paso adelante en el reconocimiento de dos colectivos importantísimos en lo que supone la regulación expresa de más de 20.000 personas que desempeñan estas funciones básicas", ha celebrado Ribera.
Tras su aprobación en Consejo de Ministros se someterán al Congreso de los Diputados, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos, de acuerdo con la Constitución Española.
En concreto, en el caso de los bomberos forestales, la norma regulará con carácter básico las condiciones en las que estos profesionales, que prestan un servicio esencial y de interés social, llevan a cabo su trabajo y lo hará con independencia de la naturaleza jurídico-laboral concreta que en cada caso ostente el personal: funcionario, personal laboral o personal contratado por empresas públicas o privadas a las que las administraciones públicas hayan contratado para la prestación de dichos servicios.
Los principales aspectos regulados son el reconocimiento legal expreso e individualizado de la categoría o figura de bombero forestal a nivel nacional; la definición de funciones que además de la extinción puede incluir prevención, detección, vigilancia, labores de información a la población, así como de apoyo a las contingencias en el medio natural y rural; prevención de riesgos laborales y defensa jurídica del colectivo.
Para los agentes forestales y medioambientales hay distintos cuerpos, escalas, especialidades y agrupaciones de funcionarios en la estructura territorial, lo que se refleja en la existencia de agentes forestales y medioambientales dependientes de diferentes administraciones locales; de la escala de agentes medioambientales de organismos autónomos adscrita al MITECO; y otras categorías, cuerpos y agrupaciones de funcionarios creados por las comunidades autónomas.
Con esta norma, se refuerza la consideración de los agentes forestales y medioambientales como policía administrativa especial y policía judicial en sentido genérico. Además, tendrán a todos los efectos legales el carácter de agentes de la autoridad, sin perjuicio de la obligación de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Por otro lado, define el estatus y las tareas a desempeñar por parte de los agentes forestales y medioambientales como las tareas de custodia y vigilancia de la naturaleza, apoyo a la gestión del medio ambiente, y auxilio y colaboración en emergencias y protección civil en el medio natural.