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Condenan a dos discotecas de Cabo de Palos por provocar lesiones y un delito medioambiental con su ruido

7/02/2022 - 

CARTAGENA (EFE). El juzgado de lo penal número 3 de Cartagena ha condenado a los propietarios de las discotecas de Cabo de Palos Apandaun y Mama Luna por un delito contra el medioambiente y dos de lesiones a 5 meses de prisión, multa de 2 meses y 16 días de inhabilitación especial para profesión u oficio de explotación de bar, cafetería o local musical abierto al público de 3 meses y 1 día.

Según fuentes judiciales, se considera probado que han provocado una situación permanente y continuada de contaminación acústica que han provocado al denunciante y a su esposa un cuadro ansioso-depresivo e insomnio por los que precisaron tratamiento médico que los llevó a sanar a los 45 y 60 días, respectivamente.

Además, la hija del matrimonio ha padecido un trastorno de ansiedad acompañado de insomnio, irritabilidad e hipersensibilidad por la imposibilidad de conciliar el sueño por el ruido procedente de los dos locales denunciados, por lo que también requirió tratamiento médico.

Señala la sentencia que los acusados actuaron con "el más absoluto desprecio a las más elementales normas protectoras del medio ambiente y a los requerimientos municipales y policiales de corrección de la actividad contaminante, afectando con ello a la salud de los vecinos, los cuales han vivido un auténtico calvario desde que comenzó la actividad amparándose en la ineficacia del sistema administrativo sancionador".

El juicio retoma el litigio a consecuencia de la sentencia de octubre de 2011 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que condenó a España a indemnizar con 15.000 euros al propietario de la casa que desde 2001 soportaba los ruidos de la terraza compartida por esos locales.

El fallo de la justicia europea sucedió al del juzgado de lo contencioso-administrativo 1 de Cartagena, que dio la razón parcial al demandante, pero el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia anuló la decisión y el Constitucional rechazó el recurso de amparo por carecer de contenido constitucional.

En los hechos probados se habla de un total de 132 expedientes sancionadores del Gobierno autonómico contra los dos locales desde 2003 a 2006 y distintas resoluciones municipales que incluyen la suspensión indefinida a Mama Luna.

Los acusados han sido condenados además a pagar un 16,66 % de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular. Deberán además indemnizar conjunta y solidariamente con la responsabilidad civil directa de la aseguradora Axa y la subsidiaria de Apandaun con unos 12.000 euros a cada uno de los tres afectados. 

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