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El Gobierno aprueba la Ley de Universidades que busca acabar con la precariedad del profesorado

31/08/2021 - 

MURCIA. (EP) El Anteproyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) ha sido aprobado este martes, 31 de agosto, en Consejo de Ministros en primera lectura, lo que constituye el primer paso del trámite para su aprobación.

La nueva Ley pone las bases para acabar con la precariedad del profesorado en la universidad, entre otras cuestiones, y forma parte de la reforma integral del sistema universitario que tiene pensado realizar el Gobierno para los próximos años, cuya implantación pretende que sea "gradual".

Esta reforma del sistema universitario se marca cuatro objetivos: promover el acceso a la educación superior; adecuar la ordenación de las enseñanzas universitarias; garantizar la buena gobernanza de las instituciones universitarias y fomentar la investigación, la transferencia y la movilidad del personal docente e investigador; y garantizar la calidad y la buena gobernanza de las instituciones universitarias.

La aprobación de la LOSU iría encaminada a lograr el objetivo número tres: garantizar la buena gobernanza de las instituciones universitarias y fomentar la investigación, la transferencia y la movilidad del personal docente e investigador, según constaba en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español enviado a Bruselas a principios de mayo.

Un 55% de funcionarios y temporalidad del 20%

Con el objetivo de acabar con la "situación estructural de precariedad" en las universidades, se establecen tres niveles de progresión en la carrera académica (incorporación, consolidación y promoción), se reduce la temporalidad en la contratación del personal docente e investigador de las universidades, pasando del 40% en la antigua Ley (LOU) al 20%, y se aumenta del 51% al 55% el porcentaje mínimo de profesorado funcionario que deben tener las universidades públicas.

Asimismo, se establece una reserva de plaza de mínimo el 15% para profesorado asociado con título de Doctor y con una relación contractual previa mínima de 5 años con la universidad, en los programas de promoción y estabilización en aquellas universidades que tengan más del 15% de su plantilla, contada en efectivos, de profesorado asociado.

También se crea la figura transitoria del Profesorado Contratado No Doctor, destinada a personas que hayan tenido una relación contractual como docente durante un mínimo de 5 cursos académicos con alguna universidad pública mediante alguna figura contractual de carácter temporal, con el objetivo de que obtenga el título de Doctor y se introduce en todos los concursos la equiparación entre los méritos de docencia y los de investigación.

La norma impulsa también los doctorados industriales, la formación permanente a lo largo de la vida, así como el reconocimiento y las pasarelas con los estudios de Formación Profesional Superior para "ayudar desde las universidades a nuestra sociedad y economía en la búsqueda de un empleo estable y de calidad".

Igualdad y equidad

Por otro lado, la LOSU otorga relevancia a la producción y transferencia del conocimiento estableciendo que todas las universidades dediquen como mínimo un 5% de su presupuesto a la investigación, asegurando una reserva de plaza del 15% de entre las plazas permanentes para investigadores, promocionando el liderazgo de los jóvenes investigadores, e impulsando la transferencia de conocimiento a entidades, instituciones y empresas.

Asimismo, con el ánimo de aumentar el grado de internacionalización del sistema universitario español, la LOSU insta a fomentar alianzas interuniversitarias para el desarrollo de títulos y programas conjuntos con universidades extranjeras así como doctorados de cotutela internacional, garantiza la movilidad nacional e internacional del profesorado universitario, del estudiantado y del personal de administración y servicios a través del refuerzo de programas como el Erasmus+, y modifica la figura actual del profesor visitante e introduce una nueva de profesorado distinguido para atraer talento a la universidad.

La Ley incorpora también diferentes medidas que ponen énfasis en esa equidad, tanto por razones de género como por otras razones. Entre estas medidas, se encuentran la paridad entre mujeres y hombres en los órganos colegiados, la incorporación de unidades de igualdad y de diversidad en las universidades con recursos suficientes, los planes de igualdad de política universitaria y de recursos humanos, los protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo o un registro salarial que sirva para luchar contra la brecha de género en los salarios.

También incluye acciones positivas en concursos de selección, una composición equilibrada de todas las comisiones de selección y evaluación, medidas de conciliación, corrección de los usos del tiempo, impacto de género del presupuesto universitario, e impulso de proyectos científicos con perspectiva de género, así como la paridad en los equipos de investigación y el aumento de mujeres como investigadoras principales en las universidades.

Cambio en el proceso de elección de rector

La Ley establece también dos sistemas de elección de un rector. El primero de ellos es la elección directa por sufragio universal ponderado por todos los miembros de la comunidad universitaria (en la forma en que se establezca en los Estatutos de la universidad), como ya establecía la LOU.

El segundo sistema es la elección mediante un órgano específico (que podrá determinar la universidad a través de sus Estatutos), órgano que estará formado por entre 20 y 30 miembros de los cuales el 50% corresponderá al personal docente e investigador de la universidad, el 10% a los estudiantes, otro 10% al personal técnico, de gestión y de administración y servicios, y el 30% restante a personas externas a la universidad de reconocido prestigio, según recoge el texto, al que ha tenido acceso Europa Press.

Otra novedad es que ya no hará falta el requisito de ser funcionario en activo del Cuerpo de Catedráticos de Universidad para acceder al cargo de rector, sino simplemente ser funcionario y reunir los siguientes requisitos: tener reconocidos tres sexenios de investigación, tres quinquenios de docencia y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal.

70 reuniones para elaborar la ley

"Nuestras universidades todavía se rigen por una Ley Orgánica de hace 20 años; en estas dos décadas ha habido cambios profundos en el mundo, en nuestra sociedad, y dos graves crisis económicas que han golpeado extraordinariamente a las universidades públicas", ha comenzado afirmando el ministro de Universidades, Manuel Castells, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Tal y como ha destacado, la LOSU "respeta escrupulosamente las competencias autonómicas", así como "la autonomía de las universidades establecida en el art 27.10 de la Constitución Española".

El ministro ha resaltado también el proceso de consulta llevado a cabo durante el último año para elaborar la Ley. Según ha subrayado, este proceso de consulta ha supuesto la realización de 70 reuniones con órganos colegiados como la Conferencia General de Política Universitaria, el Consejo Estatal de Estudiantes, o el Consejo de Universidades, agentes sociales como los diferentes sindicatos mayoritarios y la CEOE y CEPIME, CRUE Universidades Españolas, los grupos parlamentarios y otros agentes de la comunidad universitaria.

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