nuevas restricciones

Salud cierra los comercios no esenciales a las ocho de la tarde y Miras pide adelantar el toque de queda

El presidente envía una carta a Pedro Sánchez en la que también solicita que las comunidades puedan decretar confinamientos estrictos en comarcas, barrios y municipios

18/01/2021 - 

MURCIA. Más restricciones para la Región de Murcia para frenar la tercera ola. El Gobierno regional ha ordenado el cierre de las tiendas y los comercios no esenciales a las ocho de la tarde. El Comité de Seguimiento de la Covid, reunido este lunes, ha acordado la suspensión de la prestación de servicios al público a partir de las 20.00 horas con la excepción de los servicios esenciales como sanitarios, supermercados, farmacias, repostaje de combustible y comida a domicilio. La medida entrará en vigor el miércoles.

El objetivo es "vaciar las calles, lo máximo posible" a partir de las ocho de la tarde con el fin de reducir la interacción social. "Debemos quedarnos en casa, es la medida más eficaz", exhortó el consejero de Salud, Manuel Villegas. La Región afronta una situación "casi de emergencia", remarcó. Hasta 43 municipios se encuentran ya en riesgo extremo, lo que implica la suspensión de la actividad hostelera y el cierre perimetral. Las últimas poblaciones en conocer estas nuevas restricciones son: Alhama, Totana, Mazarrón, Puerto Lumbreras y Ojós. Únicamente Aledo y Librilla están libres del aislamiento. 

Además, el presidente de la Comunidad, Fernando López Miras, a través de una misiva enviada a Pedro Sánchez, ha solicitado adelantar el toque de queda "en función de las necesidades" de la Región. Murcia se une así a Castilla y León en pedir esta medida, que deberá ser autorizada por el Ejecutivo central, ya que el amparo legal del estado de alarma sólo permite a las autonomías decretar el toque de queda entre las 10 de la noche y las seis de la mañana, que es el horario que se aplica actualmente en la Región. 

En la carta, el jefe regional también reclama que las comunidades autónomas puedan tener la posibilidad de ordenar confinamientos domiciliarios selectivos en comarcas, municipios y barrios. Esta facultad es competencia del Gobierno central. Un territorio autonómico puede aislar perimetralmente sus municipios -así lo regula el estado de alarma-, pero no puede confinar en sus domicilios a los vecinos.

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