MURCIA (EFE). La exconsejera de Agricultura y Agua de la Comunidad Autónoma de Murcia Adela Martínez-Cachá ha dicho este jueves al declarar como acusada de un presunto delito de prevaricación administrativa que nadie le informó de que el proyecto aprobado para evitar el vertido al Mar Menor de las aguas de una rambla necesitara de Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
Martínez Cachá ha hechos esas manifestaciones en la primera sesión de la vista oral que se desarrolla en la Audiencia Provincial de Murcia, en la que también se juzga al ex director general del Agua Andrés Martínez Francés.
El juicio investiga las obras de la tubería del Carmolí para la recogida de las aguas procedentes de la rambla de El Albujón. La Fiscalía ha solicitado una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un tiempo de 12 años para los dos acusados, al considerar que incurrieron en un delito de prevaricación por dar luz verde a las obras a pesar de carecer de declaración de impacto ambiental.
La acusada ha indicado que, como consejera, no se ocupaba de la tramitación administrativa de los proyectos de su departamento, labor de la que se ocupaban los funcionarios de la misma, dentro de sus competencias.
En otro momento del interrogatorio ha explicado que ante la contaminación que, en 2016, presentaba el Mar Menor se barajaron varios proyectos y que finalmente se optó por aquel que tenía como objeto derivar volúmenes de agua de la rambla de El Albujón hasta la comunidad de regantes de Cabo de Palos, con lo que se evitaba su llegada a la laguna.
La exconsejera ha comentado que “siempre descansó en la tranquilidad de que los funcionarios de la Consejería intervinientes en cada proyecto lo hacían correctamente y teniendo en cuenta todas las circunstancias”.
Ha dicho así mismo que el informe de la Dirección General de Calidad Ambiental en el que se indicaba la necesidad de que el proyecto contara con la previa declaración de la DIA antes del comienzo de las obras no lo conoció en su momento, sino que ha sido ahora, al analizar el contenido de la causa, cuando ha sabido del mismo.
“Lo que nos movió en todo momento con la instalación de la tubería, que fue declarada de emergencia -ha manifestado- era que el agua de la rambla no llegara al Mar Menor, para luchar así contra la contaminación que sufría este”.
Por su parte, el que fuera director general del Agua ha declarado que se buscaron soluciones para evitar la contaminación de la laguna y que optó finalmente por la instalación de la tubería, que está en el origen de esta causa penal, para añadir que los trabajos comenzaron fuera del espacio protegido.
También ha señalado que se les informó de que el proyecto no requería de la previa declaración de la DIA, ya que esta solo sería precisa caso de que se superaran determinados volúmenes de vertido u otras circunstancias, lo que no era el caso.
En esta primera declaración de la vista oral ha declarado así mismo, en su caso, como testigo, Encarnación Molina, que fue directora general de Calidad Ambiental, quien ha dicho, como ya tenía declarado en el procedimiento, que el proyecto necesitaba la DIA.
En su opinión, esa obligación nacía porque la llegada de los volúmenes de agua que se preveía derivar hasta la comunidad de regantes suponía que se superara el umbral de los vertidos de rechazo al Mediterráneo que esta tenía autorizados.
No obstante, a preguntas del tribunal, ha recalcado que esa solicitud de la nueva declaración de impacto ambiental correspondía presentarla a la citada comunidad de regantes.