CARTAGENA. El concejal Gonzalo Abad vuelve a ejercer como portavoz de Vox del grupo municipal en Cartagena y recobra, por tanto, la retribución previa a su expulsión de 64.468,98 euros anuales en detrimento de la que vuelve a ser su compañera Pilar García. La edil deja, por tanto, de ser la única representante de Vox y se convierte en la portavoz adjunta, tal y como era antes de la salida de Abad. El Grupo Mixto, por tanto, desaparece.
Gonzalo Abad, recordemos fue expulsado por su partido en febrero de 2021 por el Comité de Garantías, quien alegó pérdida de confianza en la persona de su portavoz.
El Pleno del Ayuntamiento de Cartagena ha tomado esta mañana conocimiento de la sentencia judicial por la que se declaraba nula la expulsión de Gonzalo Abad del partido político VOX, al haber sido vulnerados sus derechos fundamentales.
La sesión que ha tenido carácter extraordinario, se ha limitado a la
lectura del informe de la Secretaria General del Pleno sobre la toma en consideración de la sentencia y sus efectos jurídicos de nulidad.
En su informe la secretaria general ha explicado el proceso judicial abierto por Gonzalo Abad por vulneración de sus derechos constitucionales tras su expulsión del partido en febrero de 2021.
La ejecución de la sentencia dictada a favor el Gonzalo Abad supone la restitución de la situación anterior existente antes de su expulsión, por lo que vuelve a ser concejal y portavoz del grupo municipal de Vox en el Ayuntamiento, que se restituye, al tiempo que desparece el Grupo Mixto en el que se integraba la otra concejal de Vox, Pilar García, que deja de ser portavoz de este grupo.
"Se trata pues, del restablecimiento de la justicia que se ha conseguido tras una larga y ardua lucha en los Tribunales contra mi propio partido, con el que estoy comprometido políticamente y al que he sido leal en todo momento", explicaba Abad en un comunicado de prensa.
De ahí que haya sido, tal y como él mismo lo califica "doloroso e inexplicable el proceso disciplinario que desde el aparato del partido, instado desde determinados intereses del partido en Cartagena y Murcia, se abrió contra mí de forma arbitraria, abusiva e injustificada".
Considera que tampoco el Ayuntamiento de Cartagena cumplió, "con el celo debido, con su obligación de velar por la tutela de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, incluidos sus propios concejales, habiendo sido necesario, en mi caso, recurrir a los Tribunales para conseguir dicha tutela y el restablecimiento del daño que se me ha causado, tanto en mi condición de afiliado al partido político VOX, como en la de concejal electo del Ayuntamiento de Cartagena y portavoz de mi grupo municipal".
Los partidos políticos, añade Abad, "son el instrumento diseñado en nuestra Constitución para el ejercicio de la participación política de los ciudadanos. Pero los afiliados no pueden ser expulsados de los mismos si no es por un motivo justificado que cause un grave quebranto o perjuicio al partido y por un procedimiento que garantice su derecho de defensa".
La potestad disciplinaria "que nuestro sistema constitucional atribuye a los partidos políticos no puede ser utilizada como instrumento de forma arbitraria y abusiva" por los responsables del partido, "sino para servir a su correcto funcionamiento".
"La regeneración política, tan necesaria en nuestra sociedad", añade Abad, pasa "necesariamente" porque los partidos políticos en su funcionamiento interno, "cumplan los principios democráticos y de legalidad" impuestos por nuestra Constitución, y "los implementen en su organización, respetando los derechos fundamentales de sus afiliados, de sus cargos electos y de todos los ciudadanos".