MURCIA. Poco a poco Fernando López Miras va a despejando su camino para volver a presentarse como candidato en las próximas elecciones autonómicas. A día de hoy, con la ley en la mano, el líder del PP no podría repetir porque supondría su tercer mandato -lleva dos: el primero entre 2017 y 2019, y la actual legislatura-, algo que prohíbe la Ley del Presidente, que acota a dos mandatos el periodo de los jefes del Ejecutivo murciano. Para evitar este freno legal, el PP ha registrado en la Asamblea Regional su reforma de la normativa, que sí le permitiría presentarse como cabeza de lista y optar a la reelección.
Esta reforma ya estaba contemplada en el acuerdo de investidura que firmaron PP y Ciudadanos en 2019. Y de hecho la formación naranja registró en febrero su propia reforma para modificar la norma. Fue poco antes de que estallara la moción de censura y la relación ente ambos socios de coalición saltara por los aires. Ciudadanos pedía, de hecho, sustituir el límite de dos mandatos por ocho años -algo que sí encajaría López Miras, pues llegará a 2023 con seis años en la Presidencia-. Poco después, a finales de marzo, consumado el fiasco de la moción de censura, los liberales retiraron su reforma.
Ahora es el PP quien toma la iniciativa y la presenta en el registro de la Cámara autonómica. Los populares cuentan con una suficiente mayoría para sacarla adelante (la formada por los 16 diputados del PP, los cuatro expulsados de Cs y los tres ex de Vox). En concreto, piden eliminar el artículo 7.2 de la Ley del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno, que establece que "no podrá ser elegido presidente de la Comunidad quien ya hubiese ostentado este cargo durante dos mandatos". Además, han añadido en el texto que su propuesta entraría en vigor el 1 de mayo de 2022 para que "no afecte al desarrollo de la vigente legislatura".
Fue Alberto Garre quien emprendió esta reforma en 2014 para evitar casos como el de su antecesor, Ramón Luis Valcárcel, que fue presidente de la Comunidad durante casi veinte años (entre 1995 y 2014). López Miras llegó a la Presidencia en abril de 2017, en sustitución del dimitido Pedro Antonio Sánchez, con lo que cumplió su primer mandato entre 2017 y 2019 -gobernando en solitario- y desde 2019 suma su segunda legislatura al frente del Ejecutivo.
Si ahora el PP deroga el artículo 7.2, el presidente podrá presentarse cuantas veces quiera, sin ningún tipo de limitación legal.
El PP defiende en su texto que "las limitaciones de mandatos no tienen referencia en la Constitución ni en la legislación electoral, ni tampoco en la de Régimen Local ni en el Estatuto de Autonomía". También considera que la actual Ley del Presidente "puede vulnerar el derecho constitucional reconocido en el artículo 23 de la Constitución en cuanto supone una limitación a las posibilidades de desempeño democrático de un cargo público". Y cita como ejemplos las situaciones de Extremadura y Castilla-La Mancha, que han derogado las limitaciones de mandatos de su normativa, de tal modo que "quedaran limitados únicamente por la voluntad popular emanada de las urnas".
Cabe recordar que en 2019 el acuerdo programático que firmaron populares y naranjas para gobernar en coalición recogía el compromiso de aprobar "la limitación de 8 años la duración del mandato de un mismo o misma presidente del Gobierno de la Comunidad y de los consejeros o consejeras". Estas palabras aparecen así escritas en el capítulo II, apartado 5 del documento que firmaron PP y Cs, que también expone: "Quienes hayan ejercido estos cargos durante ocho años consecutivos no podrán ser elegidos o nombrados para desempeñar un nuevo mandato".