CARTAGENA. Iniciada por unas denuncias de trabajadores del Puerto de Cartagena, la querella de la Fiscalía contra la Autoridad Portuaria y otros gestores del Puerto de Cartagena fue admitida por el juzgado. Se produjo entonces un cambio en la situación procesal de Yolanda Muñoz, a raíz de la cual la alcaldesa se sumó a la petición de que dimitiese. Por su parte, el portavoz del Gobierno regional se expresó con la suficiente ambigüedad para que todos entendiesen que también prefería que dimitiese. El motivo era sencillo: las dos principales alternativas eran políticamente inconvenientes en plena precampaña electoral: resultaba corrosivo tanto mantener a Yolanda, aduciendo que la amparaba la presunción de inocencia, como pedir a la ministra de Trasportes, la socialista Raquel Sánchez, que la destituyese.
El único precedente de esa situación era la destitución del añorado Adrián Ángel Viudes, pactada con Ramón Luis Valcárcel y tramitada por Alberto Garre. Claro que, en aquella ocasión, la encargada de ejecutar el cese fue Ana Pastor, ministra del PP. Ahora la cosa era más delicada porque la alcaldesa y el presidente regional militan en el PP, pero la ministra lo hace en el PSOE. Complicado.
A las malas, ¿qué habría pasado si Miras hubiese pedido por escrito la destitución de Yolanda? Ya nunca lo sabremos, pero a partir de ese momento la presión habría recaído sobre Raquel, incluso aunque hubiese retrasado la ejecución intencionadamente. Pero también habría cundido cierto temor a la reacción de una airada Yolanda. Quería defender su inocencia desde dentro y, además, creía saber lo suficiente para poder dañar seriamente a sus oponentes.
"En realidad, no era Yolanda la que dimitía, sino la Autoridad Portuaria"
Habida cuenta de los riesgos de destituirla a las bravas, alguien recomendó refugiarse en la vieja teoría de la doble verdad. Atribuida erróneamente al gran médico y filósofo andalusí Averroes, fue defendida por Sirge de Brabant y, en general, por los filósofos de la Escuela de Artes de París. Surgida a finales del siglo XIII, esa teoría distinguía entre las verdades de la fe y las verdades de la razón. O, si se quiere, entre las verdades religiosas y las científicas. Según aquellos herejes parisinos, ambas podían ser distintas y, según los más arriesgados, incluso contradictorias, pero no por eso dejarían de ser verdaderas.
Convertida en una teoría de la doble verdad judicial, Yolanda Muñoz tendría pleno derecho a que la considerásemos inocente hasta que un juez sentenciase lo contrario, momento que quizás nunca llegase; por el contrario, la Autoridad Portuaria carecería de ese derecho. Esa doble verdad valdría para convencerla de que dimitiese sin desdoro. En realidad, no era Yolanda la que dimitía, sino la Autoridad Portuaria.
Se trataba de una idea fácilmente generalizable: todo el que, ejerciendo algún cargo político, se viese implicado en alguna investigación judicial tendría derecho, en tanto que persona, a su presunción de inocencia, que se esfumaría en tanto que político en activo. Se vino a la mente el caso de José Vélez. Como individuo particular estaba amparado por la presunción de inocencia frente a la acusación de malversación en curso, pero como delegado del Gobierno Español en la Región de Murcia no disfrutaba de esa ventaja. Máxime habida cuenta de que su partido, el PSRM (nombre que adopta el PSOE en nuestra Región) se encontraba en la lista de los que habían denunciado a Yolanda. Eso unió sus destinos de una forma que quizás ellos no habían previsto.
En el siglo XX, la idea de la doble verdad se subsumió en la de la complementariedad, que tanto juego ha dado en las ciencias naturales. Recuérdese que cada hebra de la doble hélice del ADN es complementaria de la otra, gracias a lo cual la molécula entera puede replicarse, pues cada cadena sirve de molde para la síntesis de su complementaria. Por no hablar de la complementariedad entre las facetas de onda y las de partícula de las entidades cuánticas. Los seguidores de Bravant dirían hoy que las verdades de fe son complementarias de las de la razón.
En aplicación de esa idea general de complementariedad, junto a los delitos que imputan a Yolanda y demás autoridades portuarias, como prevaricación y tráfico de influencias, se evaluó la utilidad publicar de qué delitos no las acusaban. Aunque inusual, ese enfoque negativo de la querella era bastante ilustrativo. Habida cuenta de que los denunciados lo habían sido en su condición de autoridades, se trataba de examinar qué delitos contra la Administración Pública no aparecían en la querella.
En primer lugar, no los acusaban de cohecho, es decir de haber aceptado regalos o prebendas para realizar algunas gestiones propias de su competencia o, peor aún, contrarias a sus deberes. La ausencia de ese delito en la denuncia implicaba que, como diría cualquiera de los que defienden a los dirigentes socialistas andaluces encarcelados por malversación, ninguno de los denunciados se había llevado un euro. O que por ahora no se había detectado.
En segundo lugar, tampoco los acusaban de malversación, es decir de haber destinado dinero del erario a algún fin distinto del predeterminado. Ni siquiera tendrían que reclamar las ventajas para los malversadores derivadas de la reciente reforma del Código Penal. Ya sabemos que se hicieron para beneficiar a los separatistas sediciosos, pero les serán aplicables a todos los malversadores. Aquí, como no había denuncia por malversación, la propia Fiscalía interpretaba que no había habido desviaciones presupuestarias indebidas. Al menos, hasta ahora.
Finalmente, tampoco los acusaban de organización criminal. En términos periodísticos esa ausencia era muy lamentable, pues echaba por tierra la posibilidad de aplicarles con justicia la palabra trama. Había varios acusados, pero, al parecer, no habrían obrado en connivencia, ni jerarquizados, sino cada uno por su cuenta y riesgo. Solo si se aportasen más datos incriminatorios, la acusación de organización criminal asomaría su fea cabeza.
Como suele considerarse que los delitos más típicos de la corrupción política (palabra que no figura en las leyes, aunque sí en los diccionarios) son el cohecho y la malversación, y tampoco había ninguna organización criminal de por medio, el típico titular de trama de corrupción en el Puerto perdía fuerza.
A la vista de la tibieza de la denuncia resultaba notable que se hubiese presentado en periodo preelectoral. ¿A qué venía esa urgencia, si no había millones de euros en juego? ¿O es que se guardaba la Fiscalía algún as en la manga? Por si acaso, Miras acabó llamando a Yolanda para comunicarle que la Autoridad Portuaria debía dimitir. Y la Autoridad Portuaria, que no Yolanda, dimitió.
JR Medina Precioso