MADRID (EFE). El exministro de Transportes y diputado por Valencia José Luis Ábalos ha recurrido la retirada del pasaporte, la prohibición de salir del país y las comparecencias quincenales que le impuso la pasada semana el juez del Supremo Leopoldo Puente.
Puente acordó estas medidas cautelares contra Ábalos tras comparecer como investigado el pasado día 20, al haber obtenido el suplicatorio del Congreso.
La defensa de Ábalos ha presentado un recurso de reforma ante el juez, subsidiario de apelación ante la Sala, en el que pide que "deje sin efecto" las medidas restrictivas de retirada de pasaporte así como la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes.
"Alternativamente, y para el improbable caso que no se revocase la citada resolución, solicitamos que la obligación de comparecer los 1 y los 15 de cada mes con independencia de que se realice ante la secretaría de esta Sala Segunda de ese Tribunal Supremo, se puedan realizar también en la ciudad de Valencia, donde tiene el domicilio familiar, así como si se encontrase fuera del mismo ante el juzgado o tribunal del territorio nacional donde se encuentre en esa fecha", señala el escrito, al que ha tenido acceso EFE.
La defensa argumenta que Ábalos no pretende sustraerse de la acción de la Justicia, que "carece de un total absoluto riesgo de fuga", que no pretende viajar al extranjero y en caso de que así fuera "tiene obligación de volver dado que es diputado", al margen de destacar que "las cautelares, ante su ya delicada situación personal y popular, denostarían aún más si caben su imagen".
Al termino de su comparecencia, el juez dictó un auto en el que dice que "persisten los indicios de la posible comisión de diferentes ilícitos penales" que "podrían colmar, cuando menos," los delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho, sin citar la malversación, como sí que hizo en anteriores ocasiones.
Puente señaló que estas medidas "resultan precisas, en atención a la particular gravedad de los hechos delictivos que se le atribuyen, con el fin de asegurar, en la medida razonablemente posible, que el investigado no pueda en lo porvenir sustraerse a la acción de la justicia y que comparecerá en la causa cuando fuere llamado".