las medidas tras confirmarse la caída de la sexta ola

La Región empieza a levantar restricciones en febrero: qué se puede hacer y qué no

3/02/2022 - 

MURCIA. Después de casi cuarenta días con las restricciones de Navidad, el Gobierno regional empieza a suprimir algunas de las medidas drásticas que adoptó el 23 de diciembre para hacer frente al aumento disparado de los casos por la sexta ola. La gran novedad es el fin de la limitación horaria de bares, restaurantes y discotecas, que no podían servir a partir de la una de la madrugada. Ahora retoman sus horarios habituales. Sin embargo, hay otras normas que se mantienen, como, por ejemplo, la prohibición de las pistas de baile.

Esto es lo que se puede hacer y lo que no en los 45 municipios a partir de este 2 de febrero, según las indicaciones del portal Murcia Salud recopiladas por Murcia Plaza.

Nivel de alerta

-¿Qué nivel de alerta presenta la Región de Murcia?

-Él máximo: nivel 4 muy alto.

-¿Qué municipios presentan un nivel de alerta 4 (muy alto)?

-Todos. Abarán, Águilas, Albudeite, Alcantarilla, Los Alcázares, Aledo, Alguazas, Alhama de Murcia, Archena, Beniel, Blanca Bullas, Caravaca de la Cruz, Cartagena, Cehegín, Ceutí, Cieza, Fortuna, Fuente Álamo, Jumilla, Librilla, Lorquí, Molina de Segura, Moratalla, Murcia, Ojós, Ricote, San Javier, San Pedro del Pinatar, Santomera, Torre Pacheco, Las Torres de Cotillas, Totana, La Unión, Villanueva del Río Segura y Yecla.

-¿Qué municipios presentan un nivel de alerta 1 (bajo), 2 (medio) o 3 (alto)?

-Ninguno.

Adiós al cierre de los negocios no esenciales

-¿Hay toque de queda?

-No. Se puede salir de casa en cualquier momento.

-¿Hay cierre de actividad no esencial?

-No, ya no hay. Los negocios no imprescindibles pueden abrir a partir de la una de la madrugada si así se lo permite su licencia.

-¿Se puede circular por cualquier municipio de la Región de Murcia?

-Sí, sin ninguna restricción.

-¿Se puede cruzar hacia otra provincia vecina?

-También.

-¿Es obligatorio llevar puesta la mascarilla?

-Sí, tanto en el exterior como en interiores. El Gobierno central todavía no ha cambiado esta norma.

-¿Y al hacer deporte?

-No, no es necesario llevar la mascarilla para hacer deporte.

Sin límites de reuniones

-¿Cuántas personas no convivientes se pueden reunir en lugares al aire libre?

-No hay ningún límite establecido.

-¿Y en espacios cerrados?

-Tampoco. Sólo hay límite en la hostelería.

-¿Hay límite máximo en lugares de trabajo?

-No. La actividad reglada, como la laboral o la institucional, siempre ha estado excluida de las limitaciones de reuniones. 

Hostelería

-¿Cuántas personas no convivientes se pueden juntar en la mesa de un bar de una terraza?

-Al aire libre, un máximo de 12. 

-¿Y el interior de un restaurante? 

-10 comensales como máximo.

-¿Cuál es el aforo máximo para los exteriores de la hostelería?

-El 100%.

-¿Y en el interior?

-El 75% si se pide el pasaporte covid. Si no, depende de los límites que marquen los niveles de alerta municipales. No obstante, como ahora todos están en el nivel 4, el aforo por tanto sería del 30%

-Municipios nivel 2: 75% del aforo.

-Municipios nivel 3: 50% del aforo.

-Municipios nivel 4: 30% del aforo.

-¿Es obligatoria la mascarilla en la hostelería?

-Sí, sí lo es, salvo en el momento de la ingesta de comida y/o bebida.

-¿Se puede tomar una caña en la barra?

-Sí, se permite el consumo en barra. Eso sí: es obligado estar sentado, nunca de pie.

-¿Se puede consumir de pie?

-No, está prohibido.

El ocio nocturno resurge

-¿Se puede ir a una discoteca?

-Sí. 

-¿A qué hora cierra la discoteca?

-A la hora que fije su licencia.

-¿Se puede bailar en la discoteca?

-No, están prohibidas las pistas de baile. Todos deben estar sentados.

-¿Puedo entrar en un local de ocio nocturno sin tener el pasaporte covid?

-Depende del local. No están obligados a pedirlo, aunque su aforo depende de ello.

-¿Qué aforo tienen los interiores de pubs y discotecas?

-El 75% si se pide el certificado covid. Si no, depende de los límites que marquen los niveles de alerta municipales:

-Municipios nivel 2: 75% del aforo.

-Municipios nivel 3: 50% del aforo.

-Municipios nivel 4: 30% del aforo.

-¿Pueden actuar los DJ?

-Por supuesto. Está permitida la actuación profesional, con uso de mascarilla durante la misma. Deben estar a 2 metros de separación del público y a 3 metros si tocan instrumentos de viento.

-¿Se puede consumir comida o bebida durante el espectáculo?

-En actuaciones en el local el servicio de alimentos y bebidas deberá prestarse por camareros directamente en el asiento o mesa asignados. 

-¿Se puede hacer botellón en la calle?

-No. En realidad, nunca ha estado permitido el botellón.

-¿Se puede comprar alcohol a partir de las diez de la noche?

-No. El Gobierno regional lo prohibió expresamente: queda restringida la venta de alcohol entre las diez de la noche y las seis de la mañana en gasolineras y establecimientos comerciales como 'chinos'.

Tiendas, mercadillos y centros comerciales

-¿Cuál es el aforo de los comercios minoristas?

-El 50%.

-¿Y el aforo de las zonas comunes de los centros comerciales?

-El 50%.

-¿Y cuántos puestos se pueden poner en los mercadillos?

-El 100%.

Cines, museos y bibliotecas

-¿Cuántas personas pueden ir a una biblioteca o a un museo?

-El 50% del aforo.

-¿Cuántas personas pueden ir al cine (o al teatro, al circo o un auditorio)?

-El 50% del aforo.

-¿Los hoteles (así como apartamentos turísticos y otros alojamientos) pueden hacer uso de todas sus plazas?

-Sí.

-¿Y cuál es el aforo de las zonas comunes?

-El 50% del aforo.

-¿Se pueden habilitar las piscinas y los spas del hotel?

-Sí, están permitidos.

-¿Se puede habilitar el servicio de bufets o autoservicio de los hoteles?

-Sí, también está permitido.

-¿Los albergues turísticos tienen alguna restricción particular?

-Sí, en los albergues turísticos ubicados en municipios con nivel de alerta 3 o 4 sólo podrán ocupar la habitación grupos estables de convivencia. En aquellos con nivel de alerta 2 no es requerida esta condición.

Bodas al 75% en interiores... con pasaporte

-¿Cuántas personas pueden acudir a la ceremonia de una boda?

-El 50% del aforo en interiores y el 100% en exteriores.

-¿Y cuántos invitados pueden ir al interior del convite?

-Depende de si el local pide el pasaporte covid o no. Si lo reclama a los invitados, entonces podrá acoger el 75%. Si no, el 30%.

-¿Debe avisar el local de que pide el certificado digital?

Sí. "Se informará a los clientes mediante cartelería visible desde la entrada del establecimiento y se recordará la obligatoriedad del uso de mascarilla por parte de los clientes, pudiendo retirarla únicamente en el momento de la ingesta", como así recuerda el Gobierno regional.

-¿Y al aire libre?

-El 100%, sin necesidad de certificado digital.

-¿Podrán los novios bailar?

-Teóricamente no... Al menos, la Comunidad lo prohíbe.

Funerales

-¿Cuántos asistentes pueden ir a un funeral (velatorio o entierro)?

-El 50% del aforo.

Eventos multitudinarios

-¿Cuántas personas pueden asistir a un acto masivo como máximo?

-El 50% en el interior y el 100% al aire libre.

-¿Se puede estar de pie?

-No, es obligatorio estar sentado.

¿Es obligatoria el uso de la mascarilla al aire libre?

-Sí.

-¿Se permite la apertura de cantinas de comida y bebida?

-Sí.

¿Se pueden hacer desfiles y espectáculos itinerantes, como un carnaval?

-Se puede, sí, en espacios debidamente delimitados y con el público sentado en todo momento, pero muchos han optado por aplazarlos.

Bingo, salones de juego y casinos

-¿Cuál es el aforo de los bingos, salones de apuestas y casinos?

-El 50% del aforo.

-¿A qué hora cierran los casinos, los bingos y los locales de juego?

-A la hora que fije su licencia

-¿Se puede comer en el bingo?

-Sí.

Residencias de estudiantes

-¿Cuál es el aforo de las zonas de las residencias de estudiantes?

-El 50%

-¿Se permiten las visitas?

-Sí.

Congresos con la mitad de aforo

¿Se pueden celebrar congresos y seminarios?

-Sí, con inscripción previa y control de asistentes.

-¿Con qué aforo?

-El 50% del establecimiento

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