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el pasico del aparecido / OPINIÓN

El futuro penal del Lorcapitolio

5/02/2022 - 

CARTAGENA. Lo primero y principal es reprobar la acción de los treinta manifestantes que irrumpieron el pasado lunes en el Centro de Desarrollo Local de Lorca, donde iba a celebrarse una sesión plenaria de la corporación municipal para someter a análisis y votación la reforma de las reglas reguladoras de la ampliación de las granjas porcinas ya existentes y la instalación de nuevas granjas. Esa reprobación es, por parte del Aparecido, incondicional y sin matices. Además, desea trasmitir su apoyo tanto al alcalde de Lorca, el socialista Mateos, como al presidente del Gobierno regional, el pepero Miras. Ambos, como buenos demócratas, han repudiado la irrupción, y a ambos, personas dialogantes y bienintencionadas, les afecta políticamente este caso, aunque quizás no en la misma medida. Merecen, pues, apoyo.

Dicho lo cual, si hiciese caso a la legión de comentaristas que equiparan analizar a justificar, el Aparecido debería callarse. Pero tiene tres motivos para no hacerlo: primero, conminar a un "condena y cállate" supone un ataque directo a la libertad de pensamiento y de expresión, valores que el Aparecido aprecia en grado sumo; segundo, callarse supondría dejar todo el campo a los que solicitan silencio a los demás para monopolizar ellos el debate, una forma refinada de pensamiento único que, en todos los casos, conviene denunciar; tercero, la obligación de cualquier comentarista es justamente no callarse, sino aportar su punto de vista para contribuir a ese bagaje común, esencial en los sistemas democráticos, que suele recibir el nombre de opinión pública (uno de los rasgos característicos de las dictaduras es que sus gobernantes están blindados ante la opinión pública de sus gobernados).

Ahora bien, el Lorcapitolio, una ingeniosa hipérbole humorística para aludir al lorquino suceso de marras, tiene tantas dimensiones que su cumplido análisis no cabe en un Pasico. Se impone elegir alguna de ellas y el Aparecido ha optado por una de las más polémicas: las posibles consecuencias penales para los autores materiales de la irrupción. Es un asunto delicado, en el que los responsables municipales ya han anunciado su intención de personarse, haciendo caso omiso de la petición de Vox de que no denuncien a los implicados. En sentido opuesto, el delegado del Gobierno español en nuestra región ha anunciado que abrirá un expediente para sancionar "de forma ejemplar" al organizador de la manifestación (que, por cierto, no participó en la irrupción). ¿Qué decir? Pues que una cosa es pedir el indulto anticipado de los implicados, como ha hecho Vox (quizás ignorando que de ese privilegio solo gozan los delincuentes que sean separatistas o grandes banqueros), y otra distinta es calificar de "ejemplar" una posible sanción (quizás ignorando que eso se da de bruces con la interpretación democrática de las normas punitivas). Entre estos dos extremos, el Aparecido prefiere que no haya impunidad, pero tampoco ejemplaridad: simplemente justicia.

"Si la quema de la asamblea, con llamas reales, se resolvió sin procesar a nadie, y un ilustre socialista lo ha calificado de poco grave, ¿qué decir de este caso, en el que ni siquiera se intentó prender una llamita?"

De momento, la Policía los ha denunciado ante el juez por "desórdenes públicos y atentado a la autoridad". ¿Hay base para ello? Es bastante dudoso. Según el artículo 588 del Código Penal, cometen el delito de desórdenes públicos quienes "perturben gravemente el orden... en los actos públicos propios de cualquier autoridad o corporación". No hay duda de que perturbaron el orden de la reunión del alcalde con los ganaderos, pero lo de "gravemente" es muy discutible. Según algunos testigos, los exaltados se retiraron tan pronto como uno de sus representantes, indignado, se lo pidió, sin que fuese necesario que la fuerza pública los desalojase. De hecho, apenas estuvieron quince minutos dentro del edificio. Ciertamente, gritaron "Os vamos a matar, gandules", pero se retiraron sin agredir a nadie (sin que esa conducta se debiese a que no encontrasen ningún gandul entre los esforzados concejales, sino más bien a una suerte de pacífica convicción tras el reproche del representante de su sector). También gritaron "Vamos a quemar el edificio", pero no sacaron ni una sola cerilla (o un mechero de mecha, tan útiles a los pastores). Hace treinta años los manifestantes incendiaron la Asamblea Regional; pues bien, el presidente regional de aquel momento, Carlos Collado, ha declarado que aquello no fue tan grave como se dijo y que él no pasó miedo en ningún momento. Si aquello, con llamas reales, se resolvió sin procesar a nadie, y un ilustre socialista lo ha calificado de poco grave, ¿qué decir de este caso, en el que ni siquiera se intentó prender una llamita? ¿Hay que pensar que, cuando unos huelguistas corean "si esto no se arregla, guerra, guerra, guerra", es que van a alzarse en armas? Ningún juez lo aceptaría.

Podría argüirse que la alteración fue grave toda vez que no se celebró el previsto pleno municipal, pero ese argumento, como un bumerang, podría volverse contra los que lo lanzasen. En efecto, ¿por qué no se reunió el pleno? Al parecer, los exaltados no interrumpieron la sesión municipal, que no habría comenzado, sino la reunión del alcalde con los ganaderos. Nada impedía que se iniciase una vez que se retiraron, lo que sucedió bien pronto. Doblemente rector, el Aparecido puede garantizar que ha presidido más de un claustro tras verse obligado a retrasarlo para disipar alguna agitada movilización estudiantil en la puerta. ¿Por qué no hubo pleno? Aunque no se ha confirmado, al menos un testigo ha filtrado que la intención del alcalde fue iniciarlo tras el incidente, pero desistió cuando, por motivos de seguridad, se lo desaconsejó el jefe de la Policía, quien, además, le habría informado amablemente de que su superior era el delegado del Gobierno español. ¿Intervino de algún modo esa autoridad en la decisión de que no se celebrase el pleno tras el intenso pero breve lío? Saber la respuesta a esa pregunta ayudaría a entender mejor lo que pasó. Lo cierto es que la Policía estuvo bastante tiempo registrando el edificio, pero no encontró ningún artefacto depositado subrepticiamente, ni ningún ganadero escondido en algún rincón. Es más, ya circulaban libremente los concejales al poco de retirarse los exaltados (apenas una hora después el portavoz del PP ya estaba metiendo la pata en una televisión). Si alguno tardó más en salir del edificio no fue porque nadie le hubiese impedido salir antes, pues la manifestación, pacífica en todo momento, se había disuelto espontáneamente tan pronto como volvieron los exaltados a la calle. Lo dicho: no será imposible, pero tampoco fácil, probar que la alteración fue lo suficientemente grave como para subsumirse en el delito de desórdenes públicos. En cualquier caso, está penado con multa o de tres a seis meses de prisión.

"hubo forcejeo y empujones para saltarse el cordón policial, lo que ES inadmisible"

¿Y qué decir del delito de atentado a la autoridad? Según el artículo 550 del Código Penal, lo cometen quienes "agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieran resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios...". El jefe de la Policía Local ha declarado que no hubo "ningún daño material" ni "nadie esgrimió armas". El alcalde (que es autoridad) no ha dicho que se resistiesen ante él, ni que lo agrediesen. No ha habido ningún informe hospitalario de que algún policía haya resultado herido o, ni siquiera, lesionado, aunque uno ha señalado que presenta "contusiones". Desde luego, hubo forcejeo y empujones para saltarse el cordón policial, lo que el Aparecido considera inadmisible, pero, de nuevo, será posible, pero no fácil, probar que la violencia de los exaltados fue "grave". Si se probase, estaría penado con seis meses a tres años de prisión.

Y luego está el delirante argumento de que los ganaderos cometieron sedición, castigada con de 4 a15 años de prisión. Eso solo lo han dicho los separatistas, con el claro objetivo de diluir la gravedad, esa sí, de sus actuaciones en el año 2017, y algunos de los más fanáticos tertulianos de Al rojo vivo. Incluso el catedrático sevillano Joaquín Urías, afecto hasta las cachas al podemismo, ha declarado que no comparte lo de acusar de sedición a "los fascistas de Lorca" (seguramente se refiere a los ganaderos exaltados). El criterio de tan autorizada fuente exime al Aparecido de explicar lo obvio: nada tiene que ver el Lorcapitolio con la sedición.

Una vez presentada la denuncia, el futuro penal de los acusados dependerá en buena medida de que el juez aprecie o no gravedad suficiente en sus acciones. Puesto que los acusados se beneficiarán de los atenuantes de colaboración con la Justicia y arrepentimiento espontáneo, junto a la ausencia de precedentes en su conducta, es muy probable que no pisen la cárcel. Tampoco es descartable que el juez no estime una conducta reprobable, pero no de la suficiente gravedad para imponer cárcel, sabiendo, como sabrá, que no hay otras vías para castigar ese tipo de conductas. Renunciando a la vía penal, cabría aplicarles la Ley de Seguridad Ciudadana, cuyo artículo 36.4 sanciona "los actos de obstrucción que pretendan impedir a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial el ejercicio legítimo de sus funciones". Por otra parte, el artículo 36.6 castiga "la desobediencia o resistencia a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de su cargo". A primera vista, el conjunto de esos dos artículos se ajusta bastante bien a la conducta de los investigados: forcejearon con los policías que custodiaban el edificio para acceder a su interior y obstruyeron la reunión que estaban manteniendo el alcalde, el concejal de Urbanismo y la portavoz municipal con los representantes de los ganaderos.

Puesto que esa previsión legal parece apropiada al caso, el Aparecido vería con simpatía que esa fuese la vía elegida. De hecho, no solo Vox debería apoyarla, pues es lo más parecido que hay al indulto anticipado que ellos piden, sino también IU y Podemos, pues es lo que suelen pedir sus abogados, tan capaces, que les apliquen a sus militantes en casos similares. No pedirlo en este caso podría dar la impresión de que hay dos tipos de disturbios: los protagonizados por los suyos, que solo merecen, si acaso, una sanción administrativa, y los protagonizados por otros, reos del código penal. Chungo, camaradas: o todos o ninguno. Y también al alcalde le convendría: el exceso de rigor podría volverse electoralmente en su contra con suma facilidad, pues muchas familias lorquinas están vinculadas a la cría porcina. Si se eligiese esa vía los investigados quedarían libres de antecedentes penales y todo se sustanciaría con una multa. Habida cuenta de los atenuantes ya indicados, quizás sería lo más justo.

Aun apoyando siempre a nuestros policías, el Aparecido considera que, a la vista de los indicios, sería preferible escoger la vía de la Ley de Seguridad ciudadana, lo que permitiría combinar el imperativo de no dejar impune tan lamentable conducta con la siempre deseable proporcionalidad en la acción punitiva. ¡Ah! Y, en contra de lo que algunos parecen pensar, criar cabras en vez de cerdos no es ningún agravante, según la legislación vigente.

JR Medina Precioso

jrmedinaprecioso@gmail.com

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