MURCIA. Ya que nuestros ayeres nos condujeron hace una semana al barrio de San Antón y a su vecino San Andrés, y dado que el mes se cerrará, dentro de unos días, con la festividad de este apóstol, volveré sobre la historia de la traslación de la parroquia desde aquella vieja iglesia que situábamos a espaldas del convento de las Agustinas a la que ocupa en la actualidad, que fue antes la del desaparecido convento de San Agustín.
Hay varias curiosidades en torno a este hecho, que vino justificado, como se ha explicado siempre, por el mal estado del San Andrés viejo, un templo del siglo XVI con reformas y añadidos de los siguientes que se encontraba muy maltratado por el paso del tiempo y de las circunstancias, y entre ellas las inundaciones provocadas por las crecidas del Segura.
Pero el Decreto de traslación firmado por el obispo diocesano el 1 de julio de 1886 no era la consecuencia de algo sobrevenido. El asunto venía en realidad de muy atrás, pues ya se apuntaba a ese destino para la iglesia que fue de los agustinos cuando en un informe municipal de 1837 se señalaba al convento como inmueble adecuado para convertirse en cuartel, por tamaño, estructura y emplazamiento, en tanto que el templo "el más grande de cuantos hay en la capital, estando lindando con la feligresía de San Andrés, cuya iglesia es más bien una ermita que parroquia en una capital de provincia, debe destinarse para este objeto".
Pocos años más tarde, en 1844, otro informe abundaba en el asunto señalando que "existiendo cerca del convento una iglesia parroquial que por su pequeñez y pobreza apenas sirve para el objeto a que está destinada, pudiera San Agustín hacer las veces de parroquia, conciliándose de este modo el interés del Gobierno y la utilidad general".
Lo explicó Pedro Jiménez, de la Escuela de Estudios Árabes de Granada, al referir los detalles de la excavación realizada en el solar que ocupó la desaparecida parroquia tras el derribo del edificio de viviendas construido sobre el mismo. Una excavación que puso al descubierto, no sólo los vestigios de San Andrés, sino también los de un palacio andalusí inacabado, datable en el siglo XII, un cementerio musulmán anterior y unas alfarerías del XVII y el XVIII.
Y, en efecto, confirmaba que la traslación de la parroquia era un vieja aspiración la noticia ofrecida por El Diario de Murcia pocos días después de la firma del Decreto: "Hace mucho tiempo que se venía proyectando ese traslado, resistido por algunos y aplaudido por la generalidad de los feligreses. Dadas las condiciones de una y otra iglesia, no puede negarse que va ganando en todo y por todo la parroquia de San Andrés con localizarse en el amplio templo de San Agustín".
También resulta curioso que la nueva sede se situara en el territorio de otra parroquia, lo que implicaba solicitar el permiso del rector de la misma, que no era otro que el cura de San Antolín, el cual expuso que "la cesión de dicho templo para la iglesia parroquial no perjudicaba los derechos del párroco de San Antolín ni al culto establecido y propio de su iglesia".
En consecuencia, y "deseando proveer lo conveniente a fin de que el Sr. Cura y vecinos de San Andrés tengan un templo parroquial decoroso y digno, donde puedan tributar culto a Dios con la majestad y esplendor propios de la piedad y sentimiento católicos de los numeroso fieles de esta feligresía (…) Ordenamos: que la parroquia de San Andrés de esta ciudad se traslade e instale canónicamente en el templo de San Agustín".
Claro está que nunca llueve a gusto de todos, como quedaba reflejado en una crónica de aquellos días del Diario de Murcia, que daba cuenta de que una vez aprobado el traslado, se procedería a la demolición de la antigua iglesia, "cuyo solar será vendido para dedicar su producto a la restauración y mejora del nuevo templo parroquial. La mudanza, con todo ese estrépito, seguramente va a ser un suceso sensible para los que han sido bautizados en aquella iglesia y han asistido a ella a cumplir sus deberes religiosos. (…) El traslado de la parroquia es conveniente a todas luces, pero trabajo les costará a los de San Andrés el pasar por él".
Fue el día de San Andrés del año siguiente, 1887, cuando se produjo la ceremonia oficial de la traslación, presidida por el obispo diocesano, don Tomás Bryan y Livermore. Tanto la víspera como el día de la festividad del apóstol fueron desapacibles. El primero ventoso y frío, y el segundo lluvioso.
Contaba el cronista en El Diario de Murcia que la fachada de la iglesia vieja se iluminaba "con 47 faroles de color azul prusia y carmín. La mala noche, el viento que azotaba los tétricos farolillos, haciendo intermitente su débil luz, daban a la fachada un aspecto triste y casi sombrío. A las 10 de la noche ya se habían apagado casi todos los farolillos, y la banda de música del Sr. Raya, que con sus acordes trataba de retener a la escasísima concurrencia, no lo pudo conseguir, porque paulatinamente y medio helados se iban todos retirando en busca del templado albergue”.
Amaneció el día 30 bastante nublado, y San Agustín lanzó al vuelo las campanas de su espadaña conventual (derruida en 1986 y sustituida por el armazón metálico actual) y “se engalanó con banderas, colgaduras, escudos, faroles a la veneciana y verde follaje, que tejido convenientemente, en forma de guirnaldas, se arrollaba en las gruesas columnas de la fachada”.
A las cuatro y media de la tarde llegó a San Andrés el obispo y, pese a la lluvia, se puso la procesión en marcha, portando el Santísimo, por cesión del prelado, el cura párroco, que lo era don José Cánovas, mientras que Bryan y Livermore se situó con un cirio tras el último sacerdote, "y pisando el muchísimo barro que llenaba la carrera, recibiendo la lluvia sobre sus hombros y venerable cabeza”. Termina explicando la crónica que a la procesión asistieron "las principales autoridades, bastante clero y las bandas de música de los Sres. Mirete y Raya. La noche de agua impidió la música que los feligreses tenían preparada".