La Junta Directiva del Club Náutico Santa Lucía ha decidido esta misma semana, tras analizar las ofertas recibidas para la contratación del restaurante del club, otorgar la concesión del mismo durante los próximos ocho años a la propuesta presentada por Miguel García Ros, “por ser la más ventajosa para los intereses de la asociación”, según dicta el comunicado.
La directiva ha querido agradecer “profundamente” la “alta profesionalidad de los candidatos a contratar”.
Será, por tanto, Miguel García, propietario de otros establecimientos hosteleros de la ciudad como La Uva Jumillana, el Bar Sol, La Fuente o El Chalé, quien se encargue de tomar el relevo de la familia que decidió dar por finalizada su actividad en el restaurante.
Aunque se desconocen los importes exactos de la adjudicación, según las condiciones del pliego, a las que ha tenido acceso esta redacción, el contrato podría tener una duración de cuatro años fijos y hasta cuatro más en prórroga, considerando la propuesta de inversión, que será valorada en función de la cantidad total ofertada en concepto de reparación de infraestructuras y mejoras, ya sea mediante aportaciones económicas o, en su defecto, a través de las denominadas obras y dotaciones acordadas en consenso con las necesidades que la Junta Directiva estime necesarias. El plazo comenzará a contar desde la fecha de la firma del contrato.
Si la cantidad total ofertada en las situaciones anteriormente descritas superaba los 120.000 euros, la prórroga máxima pasará a convertirse en un contrato fijo de ocho años, pudiéndose prorrogar hasta dos años más.
Teniendo en cuenta la duración prevista y el precio de licitación, se calculó un valor estimado de 48.000 euros anuales, aplicándose cada año la actualización del IPC, además de las tasas de agua.
Asimismo, las tasas de la Autoridad Portuaria por actividad comercial dentro de sus concesiones están valoradas en un 2 % del volumen de negocio anual. Este canon queda expresamente a cuenta del titular del negocio.
El nuevo propietario deberá solicitar y obtener de este Ayuntamiento, así como de los demás organismos de la Administración Central o Autonómica que correspondan, las licencias, autorizaciones y requisitos preceptivos, previamente al inicio de la actividad que constituye el objeto del contrato, salvo que el expediente haya sido ya tramitado por el Ayuntamiento, procediendo en ese caso únicamente al cambio de titularidad.
Además, tendrá la obligación de adecentar y pintar todo el interior y exterior de las instalaciones en las que se desarrolle la actividad objeto de este contrato cada tres años y, en todo caso, antes de la finalización del mismo.