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ULTIMA LA ORDENANZA MUNICIPAL

Murcia prepara un plan para poner en su sitio a los patinetes eléctricos tras mil multas en un año

Fotos: JUANCHI LÓPEZ

9/06/2022 - 

MURCIA. Murcia prepara una ordenanza para poner coto a los patinetes eléctricos, que ya son habituales inquilinos de las carreteras murcianas. La norma regulará los usos de la vía pública y la movilidad y evitará accidentes y molestias en zonas en las que convive el tránsito peatonal con el de patines, como es el caso del paseo de Alfonso X, "donde se va a reforzar la señalización del carril bici habilitado para esos vehículos", como destacan fuentes municipales.

La Policía Local de Murcia puso casi un millar de sanciones en 2021 a usuarios de patinetes eléctricos, la gran mayoría de ellas, por circular por aceras y otras zonas peatonales. Las sanciones a esos conductores (167) casi se sextuplicó con respecto a las formuladas en 2020, según los datos aportados por la concejalía de Movilidad Sostenible en un comunicado, en el que ha recordado que esos vehículos de movilidad personal solo pueden circular por la calzada o el carril bici, tal y como establece la Dirección General de Tráfico.

 Y aunque con un uso adecuado se trata de un medio de transporte poco contaminante, el número de siniestros que protagonizan crece mes a mes a mes, por lo que era una necesidad latente la regulación de su uso. Estos vehículos no pueden superar los 25 km/h (sanción mediante en caso de superarlos) y no pueden circular por las aceras, algo que no siempre se cumple y que se puede comprobar con un simple paseo por las calles de Murcia.

Los patinetes eléctricos están clasificados como vehículos de movilidad personal motorizados (VMPM) y son aquellos de una o más ruedas dotadas de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al aparato una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. 

Los conductores "deben circular con diligencia y precaución para evitar daños propios o ajenos, no poner en peligro al resto de usuarios de la vía y respetar siempre la preferencia de paso de los peatones", según recoge la normativa de Tráfico. 

Sólo estarán autorizadas aquellas personas mayores de 14 años de edad. Los menores de esa franja pueden utilizarlos fuera de las zonas de circulación, en espacios expresamente autorizados para ello y en ningún caso por las aceras ni zonas peatonales, bajo la responsabilidad de padres, madres y tutores-tutoras, siempre que el vehículo resulte adecuado a su edad, altura y peso. Es obligatorio el uso del casco para los menores de 16 años y recomendable para el resto.

Los VMPM estarán facultados para circular por la calzada, calles de plataforma única mixta (calle en la que la circulación de vehículos y el tránsito peatonal se producen en el mismo plano, no existiendo diferencias de nivel entre aceras y calzadas), carriles bici homologados según normativa, así como por zonas o espacios expresamente autorizados para ello. Pero tienen prohibido y en ningún caso podrán circular por las aceras ni zonas peatonales (calles peatonales, paseos, parques y jardines, etc).





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