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BALANCE de la última campaña de la policía local

El control a los patinetes y bicis en Murcia se salda con 60 denuncias por ir por aceras o no llevar luz

1/02/2022 - 

MURCIA. Los patinetes eléctricos ya son habituales inquilinos de las carreteras murcianas. Y aunque con un uso adecuado se trata de un medio de transporte poco contaminante, el número de siniestros que protagonizan crece mes a mes a mes, por lo que era una necesidad latente la regulación de su uso. Estos vehículos no pueden superar los 25 km/h (sanción mediante en caso de superarlos) y no pueden circular por las aceras, algo que no siempre se cumple y que se puede comprobar con un simple paseo por las calles de Murcia.

Para controlar que cumplan, la Policía Local de Murcia ha redoblado los controles. Tras la regulación, las denuncias se han multiplicado. Y la última campaña llevada a cabo se ha saldo con más de 60 denuncias: 12 por circular por la acera o zona peatonal y 49, por por no disponer de alumbrado o no utilizarlo.

Los patinetes eléctricos están clasificados como vehículos de movilidad personal motorizados (VMPM) y son aquellos de una o más ruedas dotadas de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al aparato una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. 


Los conductores "deben circular con diligencia y precaución para evitar daños propios o ajenos, no poner en peligro al resto de usuarios de la vía y respetar siempre la preferencia de paso de los peatones", según recoge la normativa de Tráfico. 

Sólo estarán autorizadas aquellas personas mayores de 14 años de edad. Los menores de esa franja pueden utilizarlos fuera de las zonas de circulación, en espacios expresamente autorizados para ello y en ningún caso por las aceras ni zonas peatonales, bajo la responsabilidad de padres, madres y tutores-tutoras, siempre que el vehículo resulte adecuado a su edad, altura y peso. Es obligatorio el uso del casco para los menores de 16 años y recomendable para el resto.

Los VMPM estarán facultados para circular por la calzada, calles de plataforma única mixta (calle en la que la circulación de vehículos y el tránsito peatonal se producen en el mismo plano, no existiendo diferencias de nivel entre aceras y calzadas), carriles bici homologados según normativa, así como por zonas o espacios expresamente autorizados para ello. Pero tienen prohibido y en ningún caso podrán circular por las aceras ni zonas peatonales (calles peatonales, paseos, parques y jardines, etc).


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