DENUNCIAN A 16 EN UN FIN DE SEMANA

Los 'gorrillas' siguen campando a sus anchas por Murcia a la espera de que arranque la ordenanza 

14/01/2020 - 

MURCIA. Los 'gorrillas' o aparcacoches ilegales continúan campando a sus anchas por las calles de Murcia. Buena prueba de ello es que el pasado fin de semana la Policía Local denunció a 16. Tres de ellos eran reincidentes y han sido sancionados por desobediencia y reiteración. La ordenanza para poner coto a los aparcacoches en el municipio de Murcia aún no ha entrado en vigor, ya que está a la espera de que se ponga en marcha

Varios murcianos han denunciado en sus cuentas de redes sociales en los últimos días que estos 'gorrillas' les habían roto los parabrisas o retrovisores de sus vehículos en calles céntricas de Murcia, como en el entorno de San Esteban, por no darles dinero. Incluso la Policía Local aconsejaba hace unos días en su cuenta de Twitter que ante cualquier situación de amenaza, coacción o intimidación de 'gorrillas' no hay que dudar en denunciarlo al '092'.

Y es que los aparcacoches irregulares siguen siendo un problemas en muchas zonas, mientras que el proyecto de ordenanza reguladora de determinadas actividades o conductas en el espacio público del municipio se aprobó el pasado mes de noviembre, con los votos a favor del Grupo Municipal Popular, Ciudadanos y Vox y en contra del Grupo Municipal Socialista y de Podemos, pero todavía no se ha puesto en marcha. Desde el equipo de Gobierno del Ayuntamiento esperan que, si no hay alegaciones salga por fin adelante en el Pleno de este mes de enero. 

El concejal de Seguridad, Eduardo Martínez-Oliva, aseguraba que "con esta normativa buscamos dar respuesta a las peticiones que de forma muy mayoritaria nos trasladan los vecinos de Murcia que piden que el Ayuntamiento cuente con todas las armas jurídicas precisas y necesarias para que el fenómeno de los aparcacoches no se siga extendiendo impidiendo así que se produzcan molestias e incluso daños materiales"

 En la elaboración de esta norma "se han seguido los trámites de consulta pública previa, audiencia e información pública para asegurar la transparencia y participación de la ciudadanía en general y de los colectivos especialmente afectados en particular, siendo su texto el resultado de una intensa participación ciudadana", destacan.

La ordenanza tiene una doble base jurídica, los artículos 139 a 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que establece la posibilidad de que los Ayuntamientos, en defecto de normativa sectorial específica, puedan establecer los tipos de infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de deberes, prohibiciones o limitaciones. También se basa en la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana que habilita a los Ayuntamientos para que las ordenanzas municipales puedan introducir especificaciones o graduaciones en el cuadro de las infracciones y sanciones tipificadas en la propia Ley.

Infracciones leves

1. Ofrecer sin autorización cualquier bien o servicio, tales como venta de productos, limpieza de parabrisas o similares, en vías o espacios públicos a personas que se encuentren en el interior de vehículos privados o públicos.

 Infracciones graves

1. La reincidencia por la comisión, en el término de un año, de más de una infracción leve cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.

2. Realizar limpieza de los parabrisas de los vehículos detenidos en los semáforos.

3. Realizar conductas que representen actitudes coactivas o de acoso u obstaculicen e impidan de manera intencionada el libre tránsito de los ciudadanos por los espacios públicos.

4. La comisión de la conducta prevista como leve en esta Ordenanza cuando para su realización se utilicen menores o personas con discapacidad.

 Infracciones muy graves

1.    La reincidencia por la comisión, en el término de un año, de más de una infracción grave cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa. La infracción leve supondrá una sanción de 750 euros, la grave, de 751 a 1.500 euros y la muy grave de 1.501 a 3.000 euros.

Además se regulan distintas intervenciones específicas como que el Ayuntamiento adoptará todas las medidas a su alcance para erradicar la realización de las conductas tipificadas en esta Ordenanza en cualquiera de sus formas en el municipio prestando la ayuda que sea necesaria para la inclusión social.

Por ello, los agentes de la autoridad, o en su caso los servicios sociales, informarán, a todas las personas que ejerzan las conductas tipificadas en esta ordenanza, de las dependencias municipales y de los centros de atención institucional o de carácter privado (asociaciones, organizaciones no gubernamentales –ONG–, etc.) a los que pueden acudir para recibir el apoyo que sea necesario para abandonar estas prácticas.

En todo caso, los agentes de la autoridad intervendrán y aprehenderán cautelarmente los instrumentos utilizados para la comisión de la infracción, así como el dinero, los frutos o los productos obtenidos que se mantendrán bajo la custodia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad mientras se tramita el procedimiento sancionador o hasta que se resuelva la devolución o se decrete el comiso.

 Según los plazos previstos, tras su aprobación en Junta de Gobierno, esta nueva normativa se llevará al próximo Pleno del mes de noviembre. Posteriormente se abrirá un plazo de 30 días para su exposición pública, entrando en vigor, según las previsiones, durante el próximo mes de enero.


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