LOS ALCÁZARES. Los Alcázares ya evalúa los pliegos presentados para conceder el dominio público municipal para el uso privativo de la instalación, explotación y aprovechamiento de los chiringuitos anexos a la zona marítima del municipio (chiringuitos, mesas y sillas). La ordenación del espacio, la explotación del servicio y las características técnicas de las instalaciones se ajustará a lo previsto al respecto en la legislación de régimen local y las concreciones contenidas en el presente pliego. El contrato, la instalación, explotación y aprovechamiento estarán sometidos y condicionados en cuanto a su vigencia, en todo caso, a la obtención de la preceptiva autorización anual de los mismos por parte de la Subdirección General de Costas y Puertos, de la Dirección General de Movilidad y Litoral de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las condiciones indicaciones por la Oficina de Impulso Socioeconómico del Medio Ambiente, (OISMA), de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente de la Región de Murcia. La duración prevista para la concesión demanial será de 4 años no prorrogables. El inicio del cómputo de la concesión será desde la fecha de formalización del contrato de adjudicación.
El chiringuito se dedicará a la venta de bebidas, helados, productos embolsados y demás alimentos permitidos reglamentariamente a la actividad autorizada con plancha. El contrato también busca atender convenientemente las demandas de la población turística, que dada la naturaleza del municipio se triplica por temporadas, y cada año desde el Ayuntamiento observan como se está incrementando el número de visitantes durante todo el año, por lo que los chiringuitos no pueden estar únicamente en verano. En este sentido, el contrato corresponde al cumplimiento de los fines que son propios del Ayuntamiento, estimándose la concesión a empresas especializadas ya que en el sistema organizativo municipal no se poseen los medios materiales y humanos para poder ser realizado por medios propios de este Ayuntamiento.
El horario de prestación de los servicios o apertura al público de las instalaciones será como mínimo, en temporada alta, entre las 9:00 h y las 22:00h, y, en temporada baja, el comprendido entre las 10:00 h y las 18:00h. Se entiende por temporada baja del 1 de enero al 30 de abril, ambos incluidos (excepto Semana Santa) y del 1 de noviembre al 31 de diciembre. La temporada alta es del 1 de mayo al 31 de octubre, ambos incluidos (incluida Semana Santa); De forma obligatoria, se establecen que en temporada alta se abre todos los días, y en temporada baja, la apertura será los viernes, sábado, domingo y festivos.