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tampoco será imprescindible para hacer deporte

Las excepciones de la mascarilla obligada: la playa, el coche y fumar en la calle

14/07/2020 - 

MURCIA. El móvil, la cartera, las llaves... y la mascarilla, siempre la mascarilla; repase bien antes de salir de casa y no se olvide usted de la mascarilla. Desde este lunes, 13 de julio, el uso de este material de protección es indiscutible. Por ley, el barbijo, como así la llaman en varios países de Latinoamérica -como Argentina y Bolivia-, es ya obligatorio en toda la Región de Murcia. Será imprescindible en cualquier sitio: tanto en la vía pública y en espacios al aire libre como en los lugares cerrados de uso público o abiertos al público, incluso cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de metro y medio. Pero no siempre será así, la obligatoriedad tiene excepciones: las playas, las piscinas, el deporte al aire libre, el interior de los coches cuyos viajeros se desplacen en solitario o acompañados por miembros de una misma familia, así como 'los momentos' para fumar en la calle son algunas de las salvedades permitidas.

Fuente: CARM

La orden, aprobada este lunes de manera extraordinaria por el Gobierno regional, ya aparece publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM). La norma también explica cómo se deberá colocar este material protector en el rostro: "La mascarilla deberá cubrir boca y nariz, abarcando desde el mentón hasta el tabique nasal, de modo que las fosas nasales no queden al descubierto". El texto, de hecho, modifica el anexo de medidas que el Ejecutivo murciano validó el pasado 19 de junio, tras el fin del estado de alarma y la recuperación de las competencias autonómicas, en manos del Ejecutivo central durante el periodo del confinamiento.

El documento hace referencia, en su apartado 1.4, a las excepciones de la medida y enumera hasta siete supuestos en los que no es obligatorio el uso de la mascarilla. Son los siguientes: los menores de seis años; los enfermos que presenten algún tipo de patología o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el empleo del barbijo; las personas discapacitadas y dependientes que por su situación no puedan colocarse ni quitarse la mascarilla; quienes presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización; durante la práctica de deporte al aire libre; así como los casos de fuerza mayor o situaciones de necesidad.

"Actividades por naturaleza incompatibles con la mascarilla"

Además, el séptimo punto establece como excepción "cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible". Y añade: "En particular, no será obligatorio su uso durante el consumo de bebidas y alimentos ni en piscinas o playas, siendo no obstante recomendable siempre que se esté fuera del agua". Este postulado es el más 'abierto' y permite que se 'cuelen' algunas conductas no recogidas en la orden. Por ejemplo: fumar en la calle. ¿Se podrá o no quitar la mascarilla para echar un pitillo? El texto no hace mención expresa a este asunto; sin embargo, fuentes de la Consejería de Salud responden, a preguntas de este diario, que fumar un cigarro en la vía pública "se entiende como actividad incompatible con la mascarilla", por tanto los fumadores pueden acogerse a este supuesto para poder encender un cigarrillo. La orden, en cambio, sí alude de forma literal una nueva prohibición: "Se prohíbe el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados en cualquier establecimiento abierto al público". 

Otras seis comunidades también imponen la mascarilla

De esta forma, la Región da un paso más en las restricciones que decretó el Ejecutivo central, que en su decreto de 'nueva normalidad' impuso la mascarilla siempre y cuando no se pudiera guardar la distancia de seguridad. La Comunidad, así, se une a las otras seis autonomías (Cataluña -fue la primera en acordarla- Baleares, Andalucía, Aragón, La Rioja y Asturias) que han adoptado esta obligación como manera de minimizar el contagio de la covid-19. Las multas por no llevar la mascarilla serán de 100 euros, estipuladas como infracción leve al amparo de la normativa nacional. El Gobierno regional prevé el próximo jueves sacar adelante un régimen sancionador que recoja todos los posibles incumplimientos.

En los vehículos, las mismas fuentes de Salud aclaran que imperará el criterio que acordó el Gobierno de España, que estableció como obligatorio la utilización de la mascarilla en "medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio". Aplicando este precepto, no será necesario por tanto colocarse el barbijo cuando se circule en un coche en solitario o acompañado de miembros de un mismo núcleo familiar. Pero, ya sabe, una vez que se baje del turismo, no olvide colocarse la mascarilla, siempre presente la mascarilla.

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