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La Policía Local de Murcia elabora un 'mapa' de zonas conflictivas para frenar a los gorrillas

La nueva ordenanza, que permitirá requisar el dinero en efectivo, se aplicará al cien por cien en menos de un mes

2/02/2020 - 

MURCIA. La avenida río Segura, el auditorio Víctor Villegas, el aparcamiento disuasorio de El Malecón, el entorno del hospital de la Arrixaca de El Palmar (especialmente en la zona del Polideportivo municipal), Ronda de Garay, la calle Intendente Jorge Palacios o Santa Joaquina de Vedruna. Estas son algunas de las zonas que están tomadas por los 'gorrillas' (aparcacoches ilegales) del municipio de Murcia y que están reflejadas en el 'mapa' de las zonas calientes que ha elaborado la Policía Local para poner freno a esta práctica, con una vigilancia intensiva en cuanto entre en vigor la ordenanza, que será en menos de un mes.

Tras haberse aprobado en el Pleno del mes de noviembre con los votos a favor del Grupo Municipal Popular, Ciudadanos y Vox y en contra del Grupo Municipal Socialista y de Podemos, la ordenanza empezará a funcionar 15 días después de publicarse en el Borm, que será la próxima semana. 

Un equipo de cuatro agentes se encargarán de la vigilancia intensiva contra los 'gorrillas' y la Policía Local podrá intervenir el dinero recaudado, además de imponer multas de hasta 3.000 euros y ofrecerles alternativas a través de los servicios sociales. Los controles se harán con coches y agentes camuflados y se comprobará si los infractores tienen órdenes pendientes de algún juzgado.

Y es que los aparcacoches irregulares siguen siendo un problema en muchas zonas, las denuncias a través de redes sociales de ciudadanos denunciando que han sufrido coacciones e incluso la rotura de parabrisas del coche por no dar dinero son habituales. Y la Policía Local informa casi a diario en su Twitter de cuantos aparcacoches ha identificado. Por ejemplo, este viernes aseguraban que un día antes fueron 15 los identificados y se detuvo a otro por infracción a la Ley de Extranjería. 


Infracciones leves

1. Ofrecer sin autorización cualquier bien o servicio, tales como venta de productos, limpieza de parabrisas o similares, en vías o espacios públicos a personas que se encuentren en el interior de vehículos privados o públicos.

 Infracciones graves

1. La reincidencia por la comisión, en el término de un año, de más de una infracción leve cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.

2. Realizar limpieza de los parabrisas de los vehículos detenidos en los semáforos.

3. Realizar conductas que representen actitudes coactivas o de acoso u obstaculicen e impidan de manera intencionada el libre tránsito de los ciudadanos por los espacios públicos.

4. La comisión de la conducta prevista como leve en esta Ordenanza cuando para su realización se utilicen menores o personas con discapacidad.

 Infracciones muy graves

1.    La reincidencia por la comisión, en el término de un año, de más de una infracción grave cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa. La infracción leve supondrá una sanción de 750 euros, la grave, de 751 a 1.500 euros y la muy grave de 1.501 a 3.000 euros.

Además se regulan distintas intervenciones específicas como que el Ayuntamiento adoptará todas las medidas a su alcance para erradicar la realización de las conductas tipificadas en esta Ordenanza en cualquiera de sus formas en el municipio prestando la ayuda que sea necesaria para la inclusión social.

Por ello, los agentes de la autoridad, o en su caso los servicios sociales, informarán, a todas las personas que ejerzan las conductas tipificadas en esta ordenanza, de las dependencias municipales y de los centros de atención institucional o de carácter privado (asociaciones, organizaciones no gubernamentales –ONG–, etc.) a los que pueden acudir para recibir el apoyo que sea necesario para abandonar estas prácticas.

En todo caso, los agentes de la autoridad intervendrán y aprehenderán cautelarmente los instrumentos utilizados para la comisión de la infracción, así como el dinero, los frutos o los productos obtenidos que se mantendrán bajo la custodia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad mientras se tramita el procedimiento sancionador o hasta que se resuelva la devolución o se decrete el comiso.

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