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no ve "indicios de criminalidad" desde el consitorio

La jueza no abrirá una pieza separada contra el Ayuntamiento de Murcia por el incendio de Atalayas

6/03/2024 - 

MURCIA. La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Murcia ha desestimado el recurso de la representación procesal de familiares de dos de los fallecidos en el incendio acaecido el pasado 1 de octubre en la zona de Atalayas, en Murcia, contra el auto de 16 de noviembre que denegaba la apertura de una pieza separada que investigara la actuación del Ayuntamiento de Murcia por si existió un delito de prevaricación administrativa por omisión.

En el recurso, el letrado insiste en que, de acuerdo con las actas de inspección de marzo de 2018, 15 de diciembre de 2020 y 28 de mayo de 2021, había una situación de riesgo para la seguridad de las personas apreciada por funcionarios del Ayuntamiento de Murcia y aun así no adoptaron medidas.

La resolución apunta que, como indica la jurisprudencia, para apreciar la existencia de un delito de prevaricación será necesario una resolución dictada por la autoridad o funcionario objetivamente contraria a derecho, por falta absoluta de competencia, omisión de trámites esenciales o por su contenido, de tal entidad que no pueda ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable y que sea dictada a sabiendas de la injusticia.

Para determinar si a los funcionarios municipales les es imputable un presunto delito de prevaricación, la magistrada ha analizado de forma "extensa y pormenorizada" los expedientes administrativos y los informes técnicos del Ayuntamiento de Murcia, distinguiendo los relativos a las licencias de actividad de los abiertos por denuncias y sanciones, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

Tras ello, la instructora ha concluido que, de la documentación existente, "no se pueden extraer unos mínimos indicios de criminalidad en la actuación llevada a cabo por el Ayuntamiento de Murcia para con la situación urbanística en que se encontraban las salas donde tuvieron lugar los hechos objeto de investigación".

No obstante, la jueza no ha descartado "posibles irregularidades administrativas de tramitación a analizar en otra jurisdicción diferente a la penal como pudiera ser en la jurisdicción contencioso- administrativa en su caso", según ha añadido el TSJMU.

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