MURCIA. La Región de Murcia ya está inmersa en un nuevo estado de alarma, cuya autoridad delegada recae en el Gobierno regional, tal y como indicó el presidente Pedro Sánchez. El Ejecutivo murciano, que ya aplica el toque de queda, endureció las restricciones en todo el territorio autonómico. La lista de medidas se ha publicado en la tarde de este lunes en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM). Esto es lo que se puede hacer y lo que no, una información basada en fuentes oficiales de la Comunidad Autónoma.
Consulte aquí los dos documentos publicados en el BORM:
-¿A qué hora no se podrá salir de casa?
-Entre las 23 horas de la noche y las 6 de la mañana. Es el horario del toque de queda en la Región de Murcia. La circulación estará prohibida salvo por causas justificadas, como una urgencia médica. Habrá controles policiales para vigilar que se cumple la medida.
-¿Puedo ir al trabajo de madrugada?
-Sí, es una de las excepciones contempladas.
-¿Hay libertad para caminar por la calle fuera del horario del toque de queda?
-Sí, nada lo impide. Pero el Gobierno regional recomienda que se extremen las precauciones y se evite salir a la calle en la medida de lo posible.
-¿Cuál es límite de personas para una reunión?
-Seis, como hasta ahora. Ese límite, instaurado en agosto, no cambia. El Ejecutivo, eso sí, aconseja limitar "al máximo" los contactos sociales y también recomienda evitar los espacios cerrados en los que "no sea posible el uso de la mascarilla o en los que exista una gran afluencia de personas".
-¿Se puede entrar y salir de la Región de Murcia? ¿Se puede visitar una provincia vecina?
-No, no se puede. El pasado 25 de octubre, el Gobierno no se lo planteaba, pero cambió de opinión el día 28 al decretar el cierre perimetral de toda la Comunidad. Nadie puede podrá abandonar la Comunidad para desplazarse hacia otra provincia vecina.
-¿Y se puede salir de su municipio?
-Tampoco. No se podrá viajar a otra ciudad murciana sin causa acreditada. Los vecinos únicamente tendrán libertad de movilidad por el interior de sus poblaciones de residencia.
-¿Se puede comer y beber en la calle?
-No, en espacios públicos ajenos a la hostelería no se puede comer si no se puede mantener la distancia de seguridad. Están exentos de esta norma los convivientes.
-¿Cuál será el aforo de los bares y restaurantes?
-Un 30% y el servicio de barra seguirá clausurado.
-¿Y en terrazas?
-Un 100%.
-¿Se puede quitar la mascarilla en una terraza?
-Solamente para comer o beber. En el resto del tiempo hay que ponerse la mascarilla.
-¿Los comercios pueden abrir?
-Sí, pero sólo pueden acoger el 50% de su capacidad. Así será en todos los establecimientos y locales comerciales minoristas, además de las actividades de servicios al público.
-¿Se pueden celebrar bodas?
-Sí, pero no son recomendadas.
-¿Cuál es el aforo permitido para una ceremonia nupcial?
-Se mantiene el actual límite: 30 asistentes, tanto al aire libre como en espacios cerrados; todos deben permanecer sentados en todo momento.
-En los mercadillos, ¿cuántos puestos se pueden colocar?
-El 75% de todos los puestos autorizados.
-¿Pueden abrir las bibliotecas? ¿Y los museos y salas de exposiciones?
-Sí, con una ocupación máxima del 50%. También pueden abrir monumentos, archivos y otros establecimientos culturales.
-¿Y los cines, los teatros y los auditorios?
-También. Al 50%.
-¿Se pueden celebrar congresos y reuniones de negocio?
-Sí, pero se recomienda que se lleven a cabo de forma telemática. En caso de celebrarse en un emplazamiento físico, la ocupación es la misma, ya recogida en la orden de junio: 75% del aforo y un máximo de 100 personas tanto si es en local cerrado o al aire libre.
-¿Se puede hacer deporte?
-Solamente al aire libre y de manera individual.
-¿Se puede ir al gimnasio?
-Sí. Los gimnasios y el deporte en instalaciones deportivas sólo se permite con un máximo de 15 personas por monitor en espacios cerrados y 25 en abiertas. La ocupación máxima es de 3 metros cuadrados por persona. Si se realiza actividad con material estático hay que mantener una distancia de 2 metros siempre.
-¿Se puede ir a una piscina?
-Sí, con una ocupación de un tercio del aforo.
-¿Se pueden celebrar campeonatos no profesionales?
-No, quedan suspendidos.
-¿Y las escuelas deportivas siguen en pie?
-No. Quedan suspendidas las actividades de las escuelas deportivas municipales y también las actividades deportivas extraescolares.
-¿Y el deporte federado?
-Solamente se podrá entrenar, con grupos de 10 personas y con uso de mascarilla. El inicio de las competiciones queda suspendido.
-¿Los hoteles y albergues pueden abrir?
-Sí. Pero las zonas comunes sólo podrán acoger el tercio de su capacidad. Y las zonas de restauración sólo estarán abiertas para los clientes hospedados en el establecimiento.
-¿Puedo visitar a un joven interno en una residencia de estudiantes?
No. Las visitas quedan suspendidas. Además, las zonas comunes no deben superar el 33% de su aforo.
-¿Se puede visitar a un familiar interno en una residencia de mayores?
-Las visitas a residencias de mayores o personas con discapacidad sólo se permitirán en casos excepcionales y en zonas exteriores o habilitadas para ello.
-¿Abrirán los centros de día de mayores?
No. Estarán cerrados. Los usuarios, explica el Gobierno, "recibirán el servicio mediante atención telefónica, telemática y/o la atención presencial en el domicilio o entorno".
-¿Y los centros sociales?
-Todos los centros sociales se cerrarán. Tampoco se prestarán los servicios de podología y peluquería en tales recintos.
-¿Puede abrir una autoescuela?
-Sí, pero se recomienda, en la medida de lo posible el teletrabajo. Así lo recoge el BORM: "En las academias, centros de formación, centros públicos y privados de enseñanza no reglada y autoescuelas, se procurará la realización telemática de sus actividades. En aquellos casos en los que esto no sea posible, la ocupación máxima de las instalaciones será del cincuenta de su aforo, con un máximo de treinta personas en cada grupo, siempre que se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal".