MURCIA. El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por las empresas propietarias de terrenos contra la sentencia que autorizó al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) a entrar en los mismos para la instalación de la línea eléctrica del AVE desde la capital murciana hasta Almería.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso, a la que ha tenido acceso EFE, señala que el juzgado al que correspondió el recurso presentado por los dueños de las fincas, ubicadas en Totana (Murcia), consideró ajustada a derecho la petición de Adif y declaró que sus trabajadores quedaban acreditados para acceder a los mismos.
En concreto, para realizar los trabajos relacionados con la instalación de la línea de alta tensión y colocar los postes sobre los que discurrirá la misma.
En su oposición a ese permiso, los recurrentes alegaron que habían sufrido indefensión al no habérseles comunicado previamente la solicitud de autorización judicial de entrada en sus propiedades.
Además, expusieron que son miembros de una plataforma vecinal que se opone a la instalación de esa línea de alta tensión al considerar que la misma incide negativamente en el medio ambiente.
Los reclamantes señalaron que al haberse judicializado el asunto en un juzgado de Totana y en la Audiencia Nacional se debía estar a la espera de lo que esos órganos jurisdiccionales decidieran antes de seguir con los trabajos.
La Sala ha desestimado el recurso al señalar que la medida acordada por el juzgado de lo Contencioso de Murcia de autorizar la entrada era proporcionada y que la solicitud de Adif goza, aparentemente, de cobertura legal.
Y ello, concluye, con independencia de lo que en su día puedan resolver los tribunales o la propia administración. La sentencia condena a las empresas recurrentes al pago de las costas, aunque las limita a 500 euros.