MURCIA. La Región de Murcia se adentra en un nuevo escenario con la llegada de junio. La Comunidad ha actualizado la normativa regional, que incluye la supresión de nuevas restricciones. El ocio nocturno, por ejemplo, vuelve a reabrir sus puertas, aunque estará sujeto a nuevas condiciones. También se fijan las medidas paras las playas y piscinas. Todos los cambios entran en vigor este miércoles, con la publicación de la orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM)
Esto es lo que se puede hacer y lo que no en los 45 municipios de la Región de Murcia, según las medidas publicadas en el BORM y las indicaciones de portal Murcia Salud recopiladas por Murcia Plaza. Eso sí, las restricciones dependen del nivel de alerta que afecte a cada población (nivel 1 o bajo; nivel 2 o medio; nivel 3 o alto; nivel 4 o muy alto).
-¿Qué municipios presentan un nivel de alerta 1 (bajo)?
-Abanilla, Abarán, Albudeite, Los Alcázares, Aledo, Alhama de Murcia, Archena, Beniel, Bullas, Caslaparra, Cieza, Fortuna, Jumilla, Lorca, Mazarrón, Mula, Ojós, Pliego, Ricote, San Javier, San Pedro del Pinatar, Santomera, Las Torres de Cotillas, Ulea, La Unión, Villanueva del Río Segura, Yecla.
-¿Qué municipios tienen un nivel de alerta 2 (medio)?
-Águilas, Alcantarilla, Alguazas, Blanca, Campos del Río, Cartagena, Ceutí, Fuente Álamo, Librilla, Lorquí, Molina de Segura, Murcia, Puerto Lumbreras, Torre Pacheco y Totana.
-¿Qué municipios tienen un nivel de alerta 3 (alto)?
-Caravaca de la Cruz, Cehegín y Moratalla.
-¿Qué municipios registran un nivel de alerta 4 (muy alto)?
-Ninguno.
-¿Se puede circular por la Región de Murcia?
-Sí, sin ninguna restricción.
-¿Se puede cruzar hacia otra provincia vecina?
También.
-¿Hay toque de queda?
-No. Se puede salir de casa en cualquier momento.
-¿Hay cierre de actividad no esencial?
-Sí, desde las 01 horas hasta las 06.00 horas. Esto significa que todo negocio o servicio no esencial (por ejemplo, un bar) no puede abrir en esa franja horaria.
-¿Cuántas personas no convivientes se pueden reunir en lugares al aire libre?
-En espacios públicos y privados abiertos o terrazas, un máximo de 6 no convivientes.
-¿Y en espacios cerrados?
-En espacios públicos o privados cerrados o interiores, un máximo de 6 no convivientes.
-¿Hay límite máximo en lugares de trabajo?
-No. La actividad reglada, como la laboral o la institucional, está excluida de las limitaciones de reuniones.
-¿Cuántas personas pueden asistir a un lugar de culto (una iglesia o una mezquita?
-El aforo está limitado al 75% en espacios cerrados y sin límite el exterior siempre y cuando se garantiza la distancia de seguridad.
-¿Y si la ceremonia es un acto multitudinario?
Si es un evento multitudinario (200 personas sentadas en el interior o a más de 300 sentadas en el exterior), se aplica la normativa: 50% del aforo con un máximo de 2.000 personas si es al aire libre y 850 si es cerrado.
-¿Cuántas asistentes pueden ir a un funeral (velatorio o entierro)?
Depende del nivel de alerta del municipio.
-Municipios nivel 1: 75% del aforo del establecimiento. Un máximo de 50 personas si es cerrado y 100 personas en espacios abiertos.
-Municipios nivel 2: 50% del aforo del establecimiento. Un máximo de 25 personas si es cerrado y 50 personas en espacios abiertos.
-Municipios nivel 3: 30% del aforo del establecimiento. Un máximo de 15 personas si es cerrado y 30 personas en espacios abiertos.
-¿Cuántas personas pueden acudir a una boda o una ceremonia similar (ya sea civil o religiosa)?
Depende del nivel de alerta del municipio. Aunque una serie de indicaciones comunes para todos: las mesas son de un máximo de 6 comensales tanto en interior como en exterior. Todos deben estar sentados; están prohibidas las pistas de baile. Y todos los invitados deben identificarse.
-Entonces, ¿cuál es el aforo máximo permitido según la alerta?
-Municipios nivel 1: 75% aforo y 100 personas máximo en espacios cerrados y 200 exterior.
-Municipios nivel 2: 50% aforo y 50 personas máximo en espacios cerrados y 100 exterior.
-Municipios nivel 3: 30% aforo y 30 personas máximo en espacios cerrados y 60 exterior.
-¿Cuál es el foro de los comercios minoristas?
-Municipios nivel 1: 75% aforo.
-Municipios nivel 2: 50% aforo.
-Municipios nivel 3: 30% aforo.
-¿Y el aforo de las zonas comunes de los centros comerciales?
-Municipios nivel 1: 75% aforo.
-Municipios nivel 2: 50% aforo.
-Municipios nivel 3: 30% aforo.
-¿Y cuántos puestos se pueden poner en los mercadillos?
-Municipios nivel 1 y nivel 2: 75% puestos.
-Municipios nivel 3: 50% puestos.
-¿Cuántas personas no convivientes se pueden juntar en la mesa de un bar?
6. Tanto en el interior del local como en la terraza. No hay límites para los convivientes.
¿Cuál es el aforo de las terrazas?
-El 100%.
¿Y en interiores?
-El 50% en municipios de nivel 1 y 2. El 30% en localidades de nivel 3.
-¿Se puede tomar una caña en la barra?
-No. El consumo en barra está prohibido.
-¿Se puede ir a una discoteca?
Sí. El ocio nocturno reabre sus puertas tras once meses cerrado. Pero ojo: todos deberán estar sentados y no habrá pista de baile. Y cerrarán a la 1 de la madrugada.
¿Los hoteles (así como apartamentos turísticos y otros alojamientos) pueden hacer uso de todas sus plazas?
-Sí.
-¿Y cuál es el aforo de las zonas comunes?
-Municipios nivel 1: 75% aforo.
-Municipios nivel 2: 50% aforo.
-Municipios nivel 3: 30% aforo.
-¿Cuántos espectadores pueden sentarse en una plaza de toros?
-El coso podrá acoger el 50%% aforo, con un máximo de 2.000 personas al aire libre. Todos deberán estar sentados.
-¿Se puede fumar en la plaza de toros?
-No. Tampoco se puede comer y beber.
-Antes de nada: ¿qué se considera un acto masivo?
-Aquellos que aglutinen a más de 200 personas sentadas en el interior o a más de 300 sentadas en el exterior y no tengan regulación específica.
-¿Cuántas personas pueden asistir como máximo?
-El 50% del aforo con un máximo de 2.000 personas si es al aire libre y 850 si es cerrado. Todos deben estar sentados. Y la duración del acto no podrá exceder de 4 horas.
-¿Cuántas personas pueden ir a una biblioteca o a un museo?
-Municipios nivel 1: 75% aforo. Grupos de 10 personas no convivientes, incluido guía o monitor.
-Municipios nivel 2: 75% aforo. Grupos de 10 personas no convivientes, incluido guía o monitor.
-Municipios nivel 3: 50% aforo. Grupos de 6 personas no convivientes, incluido guía o monitor.
-¿Cuántas personas pueden participar en grupo en actividades como turismo, deporte o naturaleza?
-Municipios nivel 1: grupos con un máximo de 40 personas, incluido guía o monitor.
-Municipios nivel 2: grupos con un máximo de 30 personas, incluido guía o monitor.
-Municipios nivel 3: grupos con un máximo de 20 personas, incluido guía o monitor.
-¿Cuántas personas pueden ir al cine (o al teatro, al circo o un auditorio?
-Municipios nivel 1: 75 % aforo. Máximo 1.200 personas si es interior y 5.000 si es al aire libre.
-Municipios nivel 2: 50 % aforo. Máximo 850 personas si es interior y 2.000 si es al aire libre.
-Municipios nivel 3: 30 % aforo. Máximo 300 personas si es interior y 500 si es al aire libre.
-¿Cuántas personas pueden ser llamadas a una convocatoria masiva de exámenes?
-400 personas por sede y convocatoria. Incluyendo todo el personal necesario.
-¿Cuántas personas podrán estar en las zonas comunes de las residencias?
-Municipios nivel 1: 75 % aforo.
-Municipios nivel 2: 50 % aforo.
-Municipios nivel 3: 30 % aforo.
-¿Y en actos institucionales, políticos y sindicales, homenajes, inauguraciones, entregas de premios, galas, graduaciones y entrega de diplomas, presentaciones y actos musicales que no tengan la consideración de eventos multitudinarios?
-Municipios nivel 1: si es en local público e inferior a 4 horas, el aforo será el de los locales donde se haga. Si es en local privado y tiene una duración superior a 4 horas: 75% del aforo, con un máximo de 200 personas si es cerrado y 400 al aire libre.
-Municipios nivel 2: si es en local público e inferior a 4 horas, el aforo será el de los locales donde se haga. Si es en local privado y duración superior a 4 horas: 50% del aforo, con un máximo de 100 personas si es cerrado y 200 al aire libre.
-Municipios nivel 3: si es en local público e inferior a 4 horas, el aforo será el de los locales donde se haga. Si es en local privado y duración superior a 4 horas: 30% del aforo, con un máximo de 50 personas si es cerrado y 100 al aire libre.
-¿Cuántas personas pueden participar en una asamblea de vecinos? ¿O en una reunión de una asociación o club?
-Se aplica el mismo criterio que en actos institucionales.
-¿Y en seminarios o congresos?
-Ídem: se aplica el mismo criterio que en actos institucionales.
-¿Cuántas personas pueden asistir en un coro, un grupo o banda de música, o en cursos de baile?
-Municipios nivel 1: 75 % aforo del local, si es cerrado con un máximo de 50 personas, y 100 si es al aire libre.
-Municipios nivel 2: 50 % aforo del local, si es cerrado con un máximo de 25 personas, y 50 si es al aire libre.
-Municipios nivel 3: 50 % aforo del local, si es cerrado con un máximo de 15 personas, y 30 si es al aire libre.
-¿Cuántas personas pueden participar en campamentos o escuelas de verano?
-Máximo de 150 participantes, en grupos de 15 personas. Los grupos serán estables, sin contacto con otros compañeros fuera del grupo.
Las zonas comunes y el comedor varían en función el municipio: la zona común es del 75%, menos en nivel 3 que es del 50%. El comedor es del 50% menos en nivel 3, que es del 30%.
¿Cuál es el aforo de las piscinas?
El 75% del aforo habitual, siempre respetando 2,25 metros cuadrados por persona
¿Y de un balneario?
El mismo.
¿Se puede llevar la sombrilla y la tumbona a la playa?
Por supuesto. Se permite el uso de sombrillas, tumbonas, toallas… respetando la distancia de seguridad. Los ayuntamientos se encargarán de vigilar la distancia de seguridad.
¿Y se puede jugar al fútbol en la playa?
Sí. Se permite la actividad deportiva siempre que se respete la distancia de seguridad entre jugadores y otros bañistas y no se invadan sus zonas.
-¿Cuántas personas pueden circular en un vehículo privado?
-El 50% de la capacidad del coche cuando se suban viajeros no convivientes.
-¿Es obligatoria la mascarilla?
-Sí, están obligados a usar mascarilla todos los pasajeros, salvo que sean no convivientes.
-¿Y si el coche tiene cinco plazas? ¿Cuántos pueden viajar?
-Si el vehículo tiene cinco plazas, podrán subir tres no convivientes. Esto es así porque si el número de asientos es impar, se redondea al alza.
-¿Y los convivientes?
-El 100%. Si son convivientes, se pueden ocupar todas las plazas y no hay obligación de colocarse la mascarilla.
-¿Pueden ir dos personas en una moto?
-Sí. Eso sí, deberán usar guantes de manera obligatoria.
-¿Cuántos pasajeros pueden ir en un taxi?
-Dos personas por fila, salvo convivientes, y tiene que quedar libre el asiento contiguo al conductor.
-¿Y en un autobús?
-El 80% de la ocupación del autobús. Es la misma cantidad para el tranvía de Murcia. La mascarilla es obligatoria. Si el número de asientos es impar, se redondea al alza. Si se trata de un autobús privado, entonces es del 60%.
-¿Se puede ir al bingo?
-Sí. También pueden abrir los casinos y los locales de juego.
-¿Cuál es el aforo del bingo?
-Municipios nivel 1: 75 % aforo.
-Municipios nivel 2: 50 % aforo.
-Municipios nivel 3: 30 % aforo.
-¿A qué hora cierran los casinos, los bingos y los locales de juego?
-A la 1 de la madrugada.
-¿Se puede comer en el bingo?
-Sí.