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Jumilla, confinada en fase 1 flexibilizada: qué se puede hacer y qué no

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MURCIA. El BORM ya recoge la orden de confinamiento de Jumilla, anunciada este jueves por el consejero de Salud para frenar el ritmo de contagios de covid-19. La orden tiene efecto efecto retroactivo desde las 00.00 de este viernes, 11 de septiembre. Los accesos quedarán cerrados y los 25.600 habitantes de Jumilla no podrán entrar ni salir de la localidad salvo por causas justificadas.

Las medidas de las actividades permitidas y prohibidas se recogen se amparan en l denominada 'fase 1 flexibilizada'. El texto es similar al publicado en su momento para Totana, que fue confinada desde el 24 de julio hasta el 13 de agosto.

Consulte aquí la orden publicada en el BORM.

-¿Quiénes podrán salir y entrar del municipio?

-La entrada y salida de personas estará restringida, salvo por causas justificadas. Estos motivos excepcionales son los siguientes: para ir a centros y locales sanitarios, por razones laborales y para regresar al lugar de residencia habitual. 

También se podrá salir para asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad y personas especialmente vulnerables. Del mismo modo, la orden también permite "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad" o por "cualquier otra actividad de análoga naturaleza".

-¿Se puede visitar a los residentes del centro para personas con discapacidad?

-No. El IMAS ha ordenado la suspensión de las visitas de familiares de usuarios del centro residencial para personas con discapacidad de Jumilla.

El contacto deberá ser de manera telefónica o por videoconferencia. Únicamente se permitirán las visitas en casos excepcionales, que deberán ser autorizaados por el director de la residencia y bajo estrictas medidas de seguridad, precisan desde el IMAS.

-¿Se permite salir de casa y pasear por Jumilla?

-Sí, pero se desaconseja que los vecinos salgan de casa salvo por motivos imprescindibles. Especialmente se recomienda a las personas mayores que eviten abandonar sus domicilios. 

El BORM así lo explica: "Se permite la circulación de personas residentes dentro de municipio de Jumilla, si bien se desaconseja a la población, y especialmente a las personas que por su edad u otras circunstancias, se encuentren en situación de especial vulnerabilidad frente a la covid-19, los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles".

-¿Se puede circular por carreteras que atraviesen Jumilla?

-Solamente se podrá circular de paso, es decir, si su parada no es Jumilla. "La circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen el territorio del municipio afectado estará permitida, siempre y cuando tenga origen y destino fuera del mismo", indican.

-¿Los bares y restaurantes podrán acoger comensales en su interior?

-No, solamente podrán servir en terrazas. "Queda suspendida la actividad de hostelería, restauración, y prestación del servicio de comidas y bebidas en el interior de cualquier tipo de locales, pudiendo desarrollarse esta actividad únicamente en terrazas o espacios abiertos al aire libre", señalan.

-¿Cuál es la ocupación permitida en las terrazas?

-El 50%.

-¿Podrán abrir los comercios?

-Sí, según aclaran fuentes de la Consejería de Salud.

-¿Cuál es el aforo permitido?

-El aforo para estos lugares no puede superar el 50% de la capacidad.

-¿Los niños vuelven al colegio?

-No, a las aulas no. El Gobierno regional anunció que reanudarán el curso de forma telemática.

-¿Se puede asistir a un velatorio?

-Sí, con un máximo de 15 asistentes en espacios cerrados y 25 en espacios abiertos.

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