MADRID (EFECOM). La Audiencia Nacional ha estimado parcialmente la demanda de CCOO contra Decathlon por la discriminación salarial de los trabajadores contratados a tiempo parcial, y condena a la empresa a abonar la diferencia con los empleados de jornada completa.
En una sentencia fechada el pasado 18 de marzo al que ha tenido acceso EFE, la sala de lo social estima parcialmente la demanda presentada por la Federación de Servicios de CCOO, a la que se adhirieron UGT y USO.
En ella declara que se ha lesionado "el derecho a la igualdad retributiva de los trabajadores de tiempo parcial" al no reconocerles el derecho a percibir un plus o compensación en caso de realizar jornadas flexibles en 2021 y 2022.
Por eso, condena a Decathlon a indemnizar desde mayo a diciembre de 2022 con la diferencia mensual no abonada a estos empleados por importe de entre 0,192 euros y 0,168 euros, según el puesto que ocupaban.
Tras la actuación de CCOO, se eliminó la discriminación salarial de los empleados a tiempo parcial y se actualizaron en el convenio las tablas salariales de 2023, equiparando las retribuciones de ambos grupos.
Pero Decathlon rehusaba compensar esta diferencia con efecto retroactivo, por lo que CCOO decidió acudir a los tribunales.
En la vista, que se celebró el pasado 20 de febrero, quedó patente que los trabajadores a tiempo parcial habían estado recibiendo una remuneración inferior a los empleados con jornada de 40 horas.
Murcia Plaza
Decathlon tendrá que compensar la discriminación salarial de su plantilla a tiempo parcial
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