CARTAGENA. La Junta de Gobierno Local ha aprobado las bases para solicitar la autorización de ocupación de la vía pública con barras con motivo de las Cruces de Mayo.
De este modo, desde mañana y hasta el 3 de mayo, se abre el plazo para que los hosteleros presenten sus propuestas para participar en las Cruces de Mayo, que vuelven a celebrarse en Cartagena tras dos años de suspensión por la pandemia, los días 6, 7 y 8 de mayo.
Las bases se han elaborado siguiendo las propuestas de los hosteleros, en los que se ha apoyado el Ayuntamiento para configurar las Cruces de Mayo, unas fiestas que cada año gozan de más popularidad en Cartagena.
La alcaldesa ha recordado que "dos años después vuelven las Cruces de Mayo y junto a los hosteleros de nuestra ciudad haremos las mejores fiestas posibles, para que cartageneros y visitantes puedan disfrutarlas, mostrando la mejor cara de Cartagena".
Las bases contemplan la instalación de barras en las superficies autorizadas para terrazas, que estarán autorizadas exclusivamente para los días y horarios recogidos en las bases. Asimismo, exige la colocación de una Cruz conmemorativa.
Únicamente se podrán instalar barras en calles de anchura superior a los 5 metros para no impedir la Intervención de los Bomberos, y su instalación y funcionamiento deberán guardar las debidas normas de seguridad, salubridad e higiene, según lo dispuesto en el Reglamento General de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años, y se autorizará la venta de alimentos perecederos con estricto cumplimiento de la normativa higiénico-sanitaria, especialmente en lo concerniente a la conservación de los alimentos; mientras que para el público se utilizarán vasos, platos y cubiertos desechables obligatoriamente.
Las actuaciones musicales previstas en la programación de las fiestas no excederán de las 23:00 horas, y desde esa hora tampoco estará permitida la música en las barras, que podrán permanecer abiertas hasta la 1:30 horas, antes del horario habitual de cierre de las terrazas, ajustándose a los objetivos de suspensión acústica.
En cuanto al cierre de los establecimientos, los horarios serán los establecidos en las respectivas licencias de actividad.