Entre los años 90 y primeros del nuevo siglo, el Estado español, en cumplimiento de una Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 26 de septiembre de 1997, tuvo que abonar vía Presupuestos Generales del Estado algo más de 2.500 millones de euros a los afectados por el consumo de aceite de colza desnaturalizada (sobre 20.000 personas infectadas y 348 muertos). Es recomendable la lectura del ensayo ‘La ejecución de la Sentencia de la colza’ (Emilio Jiménez Aparicio, R.A.P. nº 160, 2.003). La fiesta salió a razón de una media de 3.000 euros por afectado.
Como por desgracia para los humanos la historia se repite muchas veces, una Sentencia del Juzgado de lo Social nº 7 de Teruel -dada a conocer hace unos días- ha resuelto en su fallo que se ha producido (hechos probados) una deficiente gestión de la pandemia del coronavirus por parte de las distintas administraciones públicas implicadas (Administración Central del Estado y Comunidades Autónomas). Tal fallo afecta a los sanitarios que han estado expuestos al virus en sus centros de trabajo de Teruel y que interpusieron demandas por haberse conculcado las normas de seguridad e higiene en el trabajo. Ahí es nada.
Tal sentencia viene a sentar las bases para futuras reclamaciones patrimoniales contra dichas administraciones, lo que abre un panorama aterrador para las arcas públicas. Como cantaba Camilo Sesto “….siempre se repite la misma historia”. Con lo de la colza fueron cerca de 350 los fallecimientos. Con el Covid19 ni se sabe todavía. Teruel existe. Por nadie pase.
Javier Pérez Pérez es abogado