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Jumilla, confinada en fase 1 flexibilizada: qué se puede hacer y qué no

11/09/2020 - 

MURCIA. El BORM ya recoge la orden de confinamiento de Jumilla, anunciada este jueves por el consejero de Salud para frenar el ritmo de contagios de covid-19. La orden tiene efecto efecto retroactivo desde las 00.00 de este viernes, 11 de septiembre. Los accesos quedarán cerrados y los 25.600 habitantes de Jumilla no podrán entrar ni salir de la localidad salvo por causas justificadas.

Las medidas de las actividades permitidas y prohibidas se recogen se amparan en l denominada 'fase 1 flexibilizada'. El texto es similar al publicado en su momento para Totana, que fue confinada desde el 24 de julio hasta el 13 de agosto.

-¿Quiénes podrán salir y entrar del municipio?

-La entrada y salida de personas estará restringida, salvo por causas justificadas. Estos motivos excepcionales son los siguientes: para ir a centros y locales sanitarios, por razones laborales y para regresar al lugar de residencia habitual. 

También se podrá salir para asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad y personas especialmente vulnerables. Del mismo modo, la orden también permite "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad" o por "cualquier otra actividad de análoga naturaleza".

-¿Se puede visitar a los residentes del centro para personas con discapacidad?

-No. El IMAS ha ordenado la suspensión de las visitas de familiares de usuarios del centro residencial para personas con discapacidad de Jumilla.

El contacto deberá ser de manera telefónica o por videoconferencia. Únicamente se permitirán las visitas en casos excepcionales, que deberán ser autorizaados por el director de la residencia y bajo estrictas medidas de seguridad, precisan desde el IMAS.

-¿Se permite salir de casa y pasear por Jumilla?

-Sí, pero se desaconseja que los vecinos salgan de casa salvo por motivos imprescindibles. Especialmente se recomienda a las personas mayores que eviten abandonar sus domicilios. 

El BORM así lo explica: "Se permite la circulación de personas residentes dentro de municipio de Jumilla, si bien se desaconseja a la población, y especialmente a las personas que por su edad u otras circunstancias, se encuentren en situación de especial vulnerabilidad frente a la covid-19, los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles".

-¿Se puede circular por carreteras que atraviesen Jumilla?

-Solamente se podrá circular de paso, es decir, si su parada no es Jumilla. "La circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen el territorio del municipio afectado estará permitida, siempre y cuando tenga origen y destino fuera del mismo", indican.

-¿Los bares y restaurantes podrán acoger comensales en su interior?

-No, solamente podrán servir en terrazas. "Queda suspendida la actividad de hostelería, restauración, y prestación del servicio de comidas y bebidas en el interior de cualquier tipo de locales, pudiendo desarrollarse esta actividad únicamente en terrazas o espacios abiertos al aire libre", señalan.

-¿Cuál es la ocupación permitida en las terrazas?

-El 50%.

-¿Podrán abrir los comercios?

-Sí, según aclaran fuentes de la Consejería de Salud.

-¿Cuál es el aforo permitido?

-El aforo para estos lugares no puede superar el 50% de la capacidad.

-¿Los niños vuelven al colegio?

-No, a las aulas no. El Gobierno regional anunció que reanudarán el curso de forma telemática.

-¿Se puede asistir a un velatorio?

-Sí, con un máximo de 15 asistentes en espacios cerrados y 25 en espacios abiertos.

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