De molinos y cucañas / OPINIÓN

Frente a la corrupción

18/08/2020 - 

En fechas recientes hemos conocido el presunto uso por parte del Partido Popular de Murcia de vídeos realizados por la Unión Temporal de Empresarios  STV-Actúa, que resultó a la postre adjudicataria del mantenimiento de Parques y Jardines del municipio con fecha posterior a la celebración de los comicios municipales del 2019, el día 27 de agosto, por un importe contractual de 70 millones de euros. 

Según la denuncia presentada en la Fiscalía los vídeos usados por el Partido Popular en su campaña electoral son coincidentes con los  realizados por la futura adjudicataria de la concesión, es decir, o una de dos, la empresa STV-Actúa tenía como objeto social también el desarrollo de campañas de publicidad y electorales, cosa bastante difícil pues nos encontramos ante una unión de empresarios para un hecho concreto, el mantenimiento de jardines municipales, o presuntamente dichos vídeos , cuyos costes de realización se estiman en 80.000 euros, fueron cedidos por la empresa al PP de Murcia, o bien el Partido Popular los usó sin pedir consentimiento para ello a la empresa (también presuntamente). 

Sea cual fuere el mecanismo por el cual dichos vídeos son usados en la campaña electoral del 2019 (si se llega, en su caso, a comprobar la similitud de los mismos, los de la campaña y los aportados por la adjudicataria en la concurrencia al concurso público de adjudicación del servicio) nos encontramos con una financiación de 80000 euros adicionales a una campaña electoral.

La corrupción la podemos definir como el uso del poder público para obtener beneficios propios o para el partido, o bien como una traición del cargo público ante su electorado. Los principales efectos de la corrupción en el plano económico son la distorsión de los mercados y la mala asignación de los recursos. 

La exigencia en el pliego de clausulas administrativas del concurso de la presentación de vídeos sobre los proyectos urbanísticos imposibilita de hecho que muchas empresas puedan postularse para la obtención de la concesión administrativa, pues probablemente sí podrían haber presentado sus propuestas a través de otros mecanismos como planos y memorias técnico económicas de menor coste en su realización.

La expulsión de un buen número de empresas, pagar la entrada para concursar, se presente como se presente, aunque se aduzca que la condición de los 'vídeos' no era vinculante, aunque sí puntuable, es exigir el pago de 80.000 euros solo por tocar el timbre o presentar la solicitud; entenderán que es un riesgo considerable para muchas empresas, los requisitos de solvencia y capacidad económica de las concurrentes pueden acreditarse por otras vías, la más sencilla de la misma la presentación del último Balance cerrado de ejercicio de la concurrente. 

Proscribir empresas de la concurrencia competitiva es, estarán de acuerdo conmigo, un freno a la competencia, y  esta es uno de los mecanismos no intervencionistas para conseguir el mejor producto al menor precio, tengan en cuento que los 70 millones de euros del mantenimiento de los parques municipales los sufragamos todos, con nuestros impuestos o con el endeudamiento municipal, que viene a ser lo mismo; comprenderán, ahora sí, otro corolario de la corrupción que es que se presenta ante los contribuyentes como un impuesto arbitrario y distorsionador de incentivos. 

Fruto de esta asfixia de la competencia, la tendencia a generar déficits excesivos  es más que plausible. Quizás una última derivada de los procesos que hacen que  los partidos concurran 'dopados' a la elecciones es la elección de los candidatos menos adecuados, pues los costes de publicidad que 'enlucen' a unos, colocan en la sombra a otros (partidos alternativos), siendo el resultado electoral, quizás, el menos adecuado para el desenvolvimiento adecuado de la legislatura resultante (desde luego se corre el riesgo de cebar un círculo vicioso).

Frente al ejemplo planteado, que ha sido formulado, como no podía ser de otra forma, en forma de presunción, y con los datos conocidos de la denuncia presentada en Fiscalía, nos llega con fecha más reciente la presunta "corrupción" o "malversación de fondos" del partido político Podemos, basado en una denuncia de un particular, ex representante jurídico de la organización, que fundamenta sus acusaciones en rumores, o cosas que se comentaban (se me ha venido a la cabeza la magistral defensa que realizó el abogado militar Alejandro Rebollo en el juicio sumarísimo que se siguió contra Julián Grimau, en el que todas las acusaciones contra este último se fundamentaron en segundas o terceras versiones, alguien ha oído que le han contado que (…).

Las pruebas las decide el juez, pero los indicios deben ser solventes, pues en caso contrario nos encontramos ante una denuncia falsa, con las implicaciones legales para el que la formula –obviamente este último hecho, posible en democracia no lo fue en la fecha del Consejo de Guerra a Grimau, 1963-. 

Por último reseñar que un partido político, en el caso de Podemos, no es una institución gubernamental, Podemos como partido político contrata sus servicios con quien cree conveniente, siempre y cuando los precios sean de mercado y pague el IVA por la prestación de los mismos, cosa que hasta la fecha se ha producido. 

Por otro lado , respecto al tema de los sobresueldos de personal contratado parece ser que las gratificaciones extraordinarias no estaban dirigidas a cargos políticos  sino a personal contratado por el Partido  en su faceta de personalidad jurídica, figuraban en nómina y por tanto estaban sujetas a retención en el  IRPF. Lo grave en temas retributivos , estarán de acuerdo conmigo, es pagar en sobres no en nóminas.

Reciban un afectuoso saludo en un verano atípico, pero del cual podemos sacar enseñanzas y disfrutar, pese a la adversidad.

Miguel Ángel Pagán Navarro. Economista

        Miembro del Grupo Economía y Trabajo de Izquierda Unida de Murcia.

Twitter.......................@pagnav_miguel


                                


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