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hasta cinco mil euros

Los feriantes de Cartagena recibirán ayudas para adoptar medidas que faciliten el ahorro y la eficiencia en materia de energía

7/06/2023 - 

CARTAGENA. Los feriantes pueden concurrir a las subvenciones convocadas por el Ayuntamiento de Cartagena para el ahorro energético en el término municipal de Cartagena. La concesión de estas subvenciones, de 5.000 euros, se determinará por concurrencia competitiva. La convocatoria, así como sus bases reguladoras, ya se pueden consultar en la página web del Ayuntamiento de Cartagena.

"La subida de los costes de la electricidad sigue afectando a numerosos sectores y, entre ellos, está el de los feriantes. Estas subvenciones se dirigen a personas físicas o jurídicas pertenecientes al sector feriante de atracciones recreativas ocasionales, y tienen el objetivo de facilitar a estos profesionales y empresas la adopción de medidas que faciliten el ahorro y la eficiencia en materia de energía", ha explicado el concejal de Vía Pública en funciones, Juan Pedro Torralba.

 Tal y como recoge la convocatoria, se consideran subvencionables los gastos de actuaciones encaminadas a mejorar la eficiencia y el ahorro energético de las atracciones y fomentar la sostenibilidad medioambiental, como la optimización de la eficiencia energética con tecnología LED del alumbrado interno, externo o de seguridad de la atracción; la adquisición de sistemas de regulación y control de temperatura que favorezcan el ahorro energético; o la adquisición de relojes de control horario para controlar el encendido y apagado automático de los equipos.

También se incluye la implementación de sistemas de monitorización del sistema de consumos energéticos; la incorporación de interruptores y aparatos de iluminación; la sustitución de aparatos de aire acondicionado y refrigeración por unidades de última tecnología con mayor eficiencia energética; y el cambio de aparatos o maquinaria vinculada a la actividad económica del establecimiento que supongan un ahorro energético o una mejora medioambiental. Estos gastos deben haber sido realizados en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de abril de 2023, ambos incluidos.

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