calendario de apertura autorizada

Estos son los domingos y festivos que abrirán los comercios de la Región de Murcia en 2025

9/11/2024 - 

MURCIA. Ya es oficial el calendario de apertura de los comercios en domingos y festivos en la Región de Murcia para el próximo año, 2025. La Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social ha publicado la orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia con los 16 días señalados en el calendario cuya apertura estará autorizada.

Son los siguientes:

- 5 de enero 

- 12 de enero 

- 19 de marzo 

- 17 de abril 

- 8 de junio 

- 9 de junio 

- 29 de junio 

- 5 de octubre 

- 1 de noviembre 

- 30 de noviembre 

- 6 de diciembre 

- 7 de diciembre 

- 8 de diciembre 

- 14 de diciembre 

- 21 de diciembre 

- 28 de diciembre

La orden fue firmada por la consejera de Empresa, Marisa López Aragón, el pasado 31 de octubre y fue publicada en el boletín regional el pasado viernes, 8 de noviembre. El calendario fue propuesto por la Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales y también fue consultado con el Consejo Aseso Regional de Comercio.

Hay que recordar que el artículo 4 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, establece que "el número mínimo de domingos y días festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público será de dieciséis". La norma, además, permite a las comunidades autónomas modificar ese número "en atención a sus necesidades comerciales, incrementándolo o reduciéndolo, sin que en ningún caso se pueda limitar por debajo de diez el número mínimo de domingos y festivos de apertura autorizada".

Según la norma regional (Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista en la Región de Murcia, modificado por la Ley 2/2017, de 13 de febrero, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas), para la fijación de los domingos y días festivos con aperturas al público "se atenderá de forma prioritaria al atractivo comercial de los días para los consumidores, para lo que reglamentariamente se establecerán los criterios que permitan su determinación".

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