CARTAGENA. Cuatro mercantiles se han presentado a la licitación lanzada por el Ayuntamiento de Cartagena para el contrato de energía eléctrica sin los suministros de alumbrado público. El mismo tiene un valor de 10,4 millones de euros -por dos años, uno de ellos de prórroga-.
ADX Renovables, Energías del Mediterráneo, Endesa e Iberdrola se han presentado a la licitación que en estos momentos se encuentra en pleno informe de valoración por parte de los servicios municipales. Serán los que emitan una puntuación de cada una de ellas y, posteriormente, la mesa de contratación, tras el análisis de los criterios, emitirá un informe para proponer a una de ellas.
Recordemos que el contrato consiste en dotar de suministro eléctrico un total de 371puntos de baja tensión y 19 de media tensión. Se trata de aquellos puntos con usos diferentes al alumbrado público, tales como edificios administrativos (Palacio Consistorial, edificio administrativo San Miguel,...), además de consultorios médicos, locales sociales, colegios, escuelas infantiles, instalaciones deportivas etc...
Además del suministro de energía eléctrica, se establecerán las medidas necesarias que permitan una disminución de los costes municipales vinculados a los suministros indicados, optimizando las potencias contratadas, compensando la energía reactiva y facilitando la gestión de dichos puntos de suministro. Si, como consecuencia de las medidas adoptadas por el Ayuntamiento de Cartagena o la empresa contratista, se produjera una reducción del consumo de energía o reducción de las potencias contratadas presupuestadas y estimadas, el precio a aplicar sería como máximo el ofertado, independientemente de la reducción de consumo o potencia habido.
El Ayuntamiento de Cartagena, tal y como refleja el contrato, podrá modificar durante la vigencia del contrato las potencias contratadas en los distintos periodos, en función de sus necesidades, y dentro de los límites establecidos por la normativa vigente. Del mismo modo, podrá cambiar a otras tarifas de acceso a redes los distintos suministros, cuando las circunstancias así lo aconsejen. En ambos casos, serán de aplicación los precios de la adjudicación, con la variación, en su caso, de los conceptos regulados si estos han sucedido.