ORIHUELA (EFE) La Agencia Valenciana Antifraude (AVAF) investiga al ayuntamiento de Orihuela por la instalación presuntamente ilegal de más de 50 elementos publicitarios, tanto vallas como tótems, ubicados principalmente en la nacional 332 y las calles Richard Wager, de la Cuerda, de la Rabosa y la avenida Ibiza-Lomas de Campoamor.
El 10 de enero de 2022, tal y como recoge el informe redactado por la Agencia, se presentó una alerta sobre la presunta existencia de conductas contrarias a los principios y normas urbanísticas en cuanto a la inacción municipal en relación con la continua colocación de postes y vallas publicitarias en el entorno de la N-332 a la altura del término de Orihuela.
La investigación arrancó a finales de diciembre de 2023 y, tras el estudio de la documentación requerida al Ayuntamiento y obtenida en la fase de investigación del expediente, “solo constan tres expedientes de solicitud de licencia o autorización para la instalación de elementos publicitarios, por lo que no es habitual que se pidan, visto el volumen real existente”.
La Agencia concluye, además, que “existen muchas más instalaciones de elementos publicitarios establecidas en el territorio que expedientes de restauración de la legalidad urbanística infringida por la colocación de dichos soportes publicitarios” en ese entorno de la nacional 332, de titularidad del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
El informe que recoge estas presuntas irregularidades urbanísticas recomienda al consistorio iniciar un “procedimiento de impulso y supervisión de la restauración de la legalidad urbanística infringida en la totalidad de los elementos publicitarios existentes en el término municipal, priorizando el entorno de la N-332 por la mayor densidad de soportes, ya sea en edificios, apoyadas en terreno o en las distintas clases de suelo”.
El objetivo es imponer, en su caso, nuevas medidas correctoras a los expedientes, tanto abiertos como no iniciados, “hasta la adecuada restauración de la legalidad”.
La Agencia le concede al Ayuntamiento un plazo de tres meses, a partir de la recepción de la resolución que ponga fin a la investigación, para “informar al director sobre el inicio de las actuaciones recomendadas o, en su caso, sobre los motivos que pudieran impedir actuar de acuerdo con tales recomendaciones”.
En todo caso, en el plazo de seis meses del inicio de los correspondientes procedimientos deberá comunicarse a la Agencia el estado de la tramitación de los expedientes oportunos.