ALICANTE. El Colegio de Economistas de Alicante ha presentado hoy el estudio realizado por el REAF en relación a la campaña de la Renta 2020, estudio que cumple su 32º edición. La presentación ha estado conducida por el decano del Colegio, Francisco Menargues, acompañado por el vicesecretario, Antonio Rodríguez, y el responsable de la sección de Fiscal, Antonio Pérez.
Todos han coincidido en afirmar que “nos enfrentamos al ejercicio más complejo de la historia reciente para rendir cuentas a Hacienda por las circunstancias derivadas de la crisis del Covid 19”, que implica novedades importantes y a tener en cuenta, como por ejemplo la obligatoriedad de presentar declaración de todas las personas de la unidad familiar que hayan percibido el ingreso mínimo vital y de quienes hayan recibido prestaciones del SEPE, como aquellos trabajadores que se hayan acogido a los ERTES durante el pasado ejercicio.
En general otro de los datos destacables, según Menargues, es que “a pesar de la pandemia, la recaudación prevista para este año se incrementa en un 1,2% y ascenderá a 88.000 millones”, lo que atribuye al sostén que han supuesto los pensionistas y funcionarios cuya actividad no ha variado. Sin embargo, el decano ha apuntado que “se aprecia una importante caída en lo que respecta al impuesto de sociedades, que registra un retroceso del 33,18% con respecto al anterior ejercicio solo comparable a las cotas alcanzadas en 1999”. El IVA también se resiente con un descenso del 11,46%.
Por su parte, el número de declaraciones presentadas con rendimientos superiores a 60.000 euros es de 855.193, poco más de un 4% de los 20.608.731 millones de declaraciones, recaudándose por las mismas más de un 39% del total. También observamos que el 73% de la recaudación recae en las rentas medias y medias-altas, con rendimientos entre 21.000 y 150.000 euros, siendo el tramo de rendimientos entre 30.000 y 60.000 euros el que más aporta al total recaudado, el 36%.
Sobre las novedades de esta campaña cabe destacar las siguientes, según Antonio Rodríguez:
-Ingreso mínimo vital: se declara exento hasta un máximo de 11.279,39 euros en 2020, junto con otras ayudas a colectivos en riesgo de exclusión social. En cuanto a los rendimientos de capital inmobiliario Se reduce para los ejercicios 2020 y 2021 de 6 a 3 meses el plazo para que las cantidades adeudadas por los arrendatarios -desde la primera gestión de cobro- tengan la consideración de saldo de dudoso cobro y puedan deducirse de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario.
-Los trabajadores en ERTE que han percibido del SEPE cantidades que no les correspondían en 2020 y que han tenido que devolver ese año o tendrán que devolverlas después, no tienen que tributar por ellas. El problema puede radicar en conocer el dato del importe neto -que es el que deben incluir en la Renta 2020-. La AEAT irá actualizando los datos fiscales a medida que reciba información del SEPE.
-Si una madre ha estado en ERTE, durante los meses en que la suspensión del contrato de trabajo haya sido total, no tendrá derecho a la deducción por maternidad. Por el contrario, si el ERTE ha sido parcial, sí tendrá derecho a la citada deducción.
En cuanto a las recomendaciones, ofrecidas por el responsable de la sección de Fiscal del Colegio de Economistas de Alicante, Antonio Pérez, “como siempre la más importante y este año con mayor motivo, consiste en asegurarse de que todos los datos son correctos”, como las circunstancias familiares, los préstamos hipotecarios, la imputación o la individualización de rentas o donativos.
Y no olvidar las deducciones autonómicas que puedan corresponderle. Ademas, “teniendo en cuenta que el SEPE continua actualizando sus datos, es conveniente no tener prisa en confirmar dicho borrador y dilatar la presentación hasta tener la seguridad de estar en posesión de las últimas actualizaciones realizadas por dicho organismo”, ha añadido Pérez.