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El colegio de médicos dice que no están obligados

Avalancha de consultas en pediatría para pedir certificados que permitan a los niños faltar a clase 

1/09/2020 - 

MURCIA (M.P./EFE). El número de consultas en Pediatría para solicitar informes o certificados médicos que permitan a los niños faltar a clase se ha disparado después de la publicación de la orden autonómica en la que se exime de acudir a los centros educativos a los menores con "riesgo vital" ante la covid-19. No obstante, el Colegio Oficial de Médicos de la Región de Murcia ha asegurado este martes que los pediatras no están obligados a emitir informes para la dispensa de asistencia a clase presencial de alumnos.

El colegio médico, que ha destacado el incremeto de consultas en Atención Primaria ante el temor a los contagios por covid-19 en los centros educativos, ha recordado que la escolarización es obligatoria en España desde los 6 a los 16 años de edad y que corresponde a la autoridad competente establecer las medidas que sean pertinentes para los alumnos con necesidades o situaciones especiales.

El comunicado del órgano colegiado se ha emitido un día después de que se publicara en el BORM la orden autonómica en la que se decreta que los alumnos con "riesgo vital" derivado de la exposición al coronavirus, o que lo presenten sus familiares convivientes, podrán reducir el número de días de asistencia presencial en la proporción que recomiende la documentación médica que lo justifique.

Además, el Colegio Oficial de Médicos sostiene que "la normativa emanada con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 no contiene, hasta el momento, disposición alguna que imponga a los médicos del Servicio Murciano de Salud la obligación de emitir informes de dispensa de escolarización o que describan situaciones clínicas que pudieran justificarla".

"El derecho del paciente a obtener certificados acreditativos de su estado de salud, conforme a la Ley de los Derechos y Deberes de los Usuarios del Sistema Sanitario de la Región de Murcia, no obliga a los médicos a emitir juicios de valor sobre la aptitud de sus pacientes relativos a su escolarización o exención a la asistencia a las aulas, ni a emitir informes o certificados con una finalidad predeterminada", añaden.

Igualmente, el colegio de médicos ha informado de que el médico, en los casos en los que les soliciten estos certificados, "se limitará a emitir los informes relativos al estado de salud que figuran en la historia clínica del paciente pediátrico y siempre serán realizados según su criterio profesional. Nunca se accederá a la historia clínica de los familiares convivientes con el paciente menor ni se podrán realizar, por tanto, informes al respecto".

Para el órgano colegiado, los pediatras de Atención Primaria no podrán emitir "juicios de valor" ni informes que puedan tener una finalidad determinada, como sería la escolarización o la exención a la asistencia a clases presenciales en el centro educativo.

"Corresponde a los padres, madres o tutores legales que ejercen la patria potestad de los alumnos dentro de su tarea educativa, la responsabilidad de comunicar y justificar las ausencias de sus hijos, en los casos y según lo previsto en el Programa Regional de Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar y Reducción del Abandono Escolar (Programa PRAE) establecido y regulado por la Orden de 27 de octubre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo". concluyen.

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