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La medida entra en vigor a partir de este martes 1 de febrero

Los viajeros que entren a España con test rápido de antígenos deben hacérselo en un plazo anterior de 24 horas

1/02/2022 - 

MADRID (EP). El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una modificación relativa a los controles sanitarios en los puntos de entrada a España y, a partir de este martes, los viajeros que lleguen con un test rápido de antígenos deben haber obtenido la muestra dentro de las 24 horas anteriores a su llegada a España para evitar la propagación de las variantes de la covid-19.

La amplia disponibilidad de las pruebas rápidas de antígenos incluidas en la lista común acordada por el Comité de Seguridad Sanitaria justifica establecer un periodo de validez no superior a las 24 horas para dichas pruebas, según recoge la Resolución de 28 de enero de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se modifica la de 4 de junio de 2021.

Por ello, y con objeto de estar en sintonía con la recomendación de este organismo de la Unión Europea, consideran necesario actualizar la Resolución de 4 de junio en estos términos.

Asimismo, se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica de antígenos de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT) de infección activa de COVID-19 con resultado negativo, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la llegada a España.

El certificado de prueba diagnóstica de antígenos, además, deberá incluir al menos la siguiente información: nombre y apellido del titular; fecha de la toma de la muestra; tipo de test realizado; país emisor.

El pasado 9 de julio se aprobó otra modificación y se aceptaban como válidos los certificados de test de detección de antígenos cuya muestra hubiera sido obtenida dentro de las 48 horas anteriores a la llegada a España.

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