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Servicios mínimos en los juzgados: trabaja el 12% de la plantilla de Justicia de Murcia

16/03/2020 - 

MURCIA (EFE). Un total de 210 servidores públicos de Justicia trabajan este lunes en los servicios mínimos decretados tras el estado de alarma por el coronavirus, lo que representa el 12% de los 1.600 que se encuentran en sus domicilios o bien aguardando para cubrir los sucesivos turnos o en tareas telemáticas de teletrabajo, según ha anunciado el presidente del TSJ, Miguel Pasqual de Riquelme.

Los servicios mínimos judiciales son cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicios irreparables; los internamientos urgentes; la adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como protección de menores.

En Registro Civil la expedición de licencias de enterramiento, la celebración de matrimonios in artIculo mortis; e inscripciones de nacimiento en plazo perentorio. Los servicios de guardia, exclusivamente a efectos de detenidos e incidencias también lo son, así como las actuaciones con detenido y otras que resulten inaplazables, como medidas cautelares urgentes, levantamientos de cadáver, entradas y registros, así como cualquier actuación en causa con preso o detenido o las órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y menores.

Se incluyen además las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria; en contencioso-administrativo, las autorizaciones de entrada sanitarias, urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes, y recursos contencioso-electoral.

En lo Social, los juicios declarados urgentes por la ley y medidas cautelares urgentes y preferentes, y en general, los procesos en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales y que sean urgentes, es decir, aquellos cuyo aplazamiento impediría o haría muy gravosa la tutela judicial reclamada. 

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