CON LAS GAFAS DE CERCA / OPINIÓN

Retornos concertados: vísteme despacio que tengo prisa

31/08/2021 - 

MURCIA. La gestión de los menores no acompañados que entran en España de forma irregular lleva consigo mucha controversia, no lo vamos a dudar. Mucha mayor controversia del impacto real que conlleva. En realidad, solo unas pocas ciudades que sufren una importante presión migratoria irregular pueden hablar de un número significativo y ciertas dificultades para gestionarlo.

Sin embargo, se inició hace ya tiempo una campaña para amplificar el dudoso problema que nos causa, llenándose las RRSS con esperpénticos mensajes falsos y donde se busca deliberadamente mezclar la inmigración, la marginalidad y la delincuencia como si fuera todo lo mismo. El famoso cartel electoral en la campaña electoral en Madrid o los aspavientos en mensajes dirigidos a romper acuerdos por la acogida de 20 menores no acompañados, forman parte de esa campaña que no sé realmente lo que pretende señalando a estos niños como una lacra nacional.

En el centro de este delicado asunto se encuentra el hacinamiento de menores que entraron el pasado mes de mayo de forma masiva en Ceuta y el paso del tiempo sin una solución clara sobre cómo gestionarlos.

Apartando un momento los aspectos legales, hay dos ideas que me parecen evidentes: debemos hacer lo posible para que un menor crezca en su entorno familiar sin sufrir desarraigo y, mientras un menor se encuentre en nuestro país, debemos proteger su integridad y darle cobertura asistencial y educacional. Mala pinta tiene de antemano que un menor de edad decida, motu proprio o azuzado y/o permitido por su familia e instituciones nacionales, poner en peligro su vida para un peligroso traslado.

Las primeras declaraciones acerca del “retorno asistido y concertado” de menores mencionaban que se realizaban al amparo del acuerdo de 2007, ratificado y publicado en 2013, entre España y Marruecos. A parte de ser un mero acuerdo, en este documento se potencia la colaboración, pero se remite claramente a la observancia estricta de la legislación española a la hora de proceder al retorno. Una lectura del Real Decreto 557/2011 en el que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Extranjería en los artículos 189 al 195 nos revela un procedimiento que nada tiene que ver con lo acaecido. Simplificando mucho, el procedimiento debe ser como a continuación describo:

La Delegación o Subdelegación del Gobierno es el que queda habilitado para incoar, tramitar y dictar resolución del procedimiento. Para ello debe solicitar al país de origen del menor un informe de sus circunstancias familiares, así como a la entidad que tenga atribuida su tutela legal.

De esta forma, puede incoar el expediente individual cuando el interés superior del menor se cumple con la reagrupación con su familia o su puesta a disposición de los servicios de protección de su país de origen. En este momento serán informados el menor, la Fiscalía y quien ostente la tutela legal.

A partir de aquí se abre un periodo de 10 días para posibles alegaciones. Realizado el trámite de audiencia, el Delegado o Subdelegado del Gobierno resolverá, de acuerdo con el principio de interés superior del menor. Esta resolución podrá ser objeto de impugnación en vía contencioso-administrativa.

Salvado este trámite, se procederá a la ejecución de la repatriación.

Cualquier parecido con lo realmente hecho es pura coincidencia. Y sorprende que un otrora insigne y prestigioso magistrado que ostenta la titularidad del Ministerio del Interior defienda públicamente en primera instancia las garantías del proceso y en segunda instancia que la resolución le correspondía a la institución equivocada (la Ciudad Autónoma).

Es decir, una chapuza insolente, que pretendía una expulsión disimulada y carente de cualquier garantía. Para el Sr. Grande Marlaska, no veo otra salida que la dimisión por torticero, bocazas y torpe.

El hacinamiento en Ceuta de estos menores es un problema que debemos resolver. Es correcto. Los trámites legales son lentos y es muy probable que no permitan el retorno de una buena parte. Es cierto. La evaluación individualizada encargada a la ONG Save the Children no había llegado a la mitad de los menores trascurridos más de 3 meses. Rozando la obstrucción a la justicia.

No siempre podemos ejecutar nuestras decisiones con la premura que requerimos o queremos, pero lo que sí debemos hacer siempre es ser diligentes, rigurosos y garantes. Es la forma más ágil y rápida de llevar a cabo nuestras acciones. Si desde el primer momento, las autoridades hubiesen iniciado el tortuoso proceso, estaríamos en un momento más avanzado e incluso podríamos haber realizado los primeros retornos con total garantía. El empeño en los atajos legalmente dudosos solo dificulta, atrasa y abochorna.

Evoco en este asunto al precioso refrán que encabeza el artículo, muy apropiado a los que somos tendentes al cuajo, pero aplicable a todo aquel que pretenda hacer bien las cosas y que quiera desenvolverse con seguridad.