Los jueces respaldan el derribo de un restaurante del Puerto de Mazarrón al caducar la concesión

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MURCIA (Efe). La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por los propietarios de un restaurante de Puerto de Mazarrón contra la resolución judicial que autorizó su entrada en el mismo para proceder a su derribo al haber caducado la concesión.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el juzgado de lo Contencioso de Murcia dio esa autorización a la Demarcación de Costas para ejecutar la orden ministerial de marzo de 2017 que declaró aquella caducidad de la concesión administrativa que amparaba la edificación.

Y añade que Costas instó la ejecución subsidiaria de la orden al no haber atendido la propiedad el requerimiento para proceder al derribo de forma voluntaria.

Comenta que se desoyeron los requerimientos para proceder a la retirada de las instalaciones, por lo que la Administración se vio obligada a tomar esa decisión ante la existencia de una ocupación ilegal del dominio público.

La sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, según se indica en la misma, condena a la parte apelante al pago de las costas, que fija en 500 euros. 

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