Región

El Constitucional desestima el recurso de la Región de Murcia contra la Ley de Amnistía

El Alto Tribunal entiende que existe una "pérdida sobrevenida de objeto" pues ya se ha pronunciado en otras sentencias sobre la norma de gracia de los independentistas del 'procés'

  • El presidente de la Comunidad, Fernando López Miras.
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MURCIA (EFE). Estaba cantadado: el Tribunal Constitucional, al igual que ha hecho con los anteriores recursos, tampoco ha atendido la reclamación de la Región de Murcia y ha desestimado su recurso interpuesto contra la Ley de Amnistía, la norma que creó el Gobierno de España para conceder el 'perdón jurídico' a los encausados del procés y que en 2023 propició la investidura del presidente Pedro Sánchez

El Constitucional no sólo ha desestimado la petición de la Región, sino que también lo ha hecho con Andalucía, Comunidad Valenciana y Castilla y León. Estos fallos cuentan con los votos particulares de cuatro magistrados, según informa la Agencia Efe.

El Alto Tribunal, que en junio ya avaló esta ley por seis votos a favor por cuatro, entiende que ahora existe una "pérdida sobrevenida de objeto" -al haber resuelto ya esta misma cuestión en resoluciones anteriores- en los recursos de inconstitucionalidad presentados por los consejos de Gobierno de la Región Murcia y Andalucía, el Consell de la Generalitat Valenciana y la Junta de Castilla y León.

Las seis razones de Murcia

La Región se sumó, junto con el resto de comunidades del PP, a la ofensiva contra esta ley. El presidente de la Comunidad, Fernando López Miras, la tachaba e "vergonzosa" porque generaba "más desigualdad entre españoles" y "vulnera la separación de poderes".

En su recurso, el Gobierno regional argüía que "afecta al modelo constitucional del Estado compuesto español y los principios fundamentales que lo sustentan del que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia forma parte". Y esgrimía seis razones contra ella: Interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, El principio y el derecho a la igualdad, Principio de separación de poderes, Leyes singulares, Principio de Justicia y Responsabilidad contable.

Sin embargo, el Constitucional vuelve a confirmar el aval a la amnistía que dio en las sentencias en las que rechazó el recurso del PP y las cuestiones de inconstitucionalidad que elevó el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

En las sentencias comunicadas este viernes, el Consitucional se remite a la doctrina ya establecida en sus resoluciones anteriores sobre la Ley de Amnistía y mantiene además que la misma no establece la suspensión de derecho fundamental alguno. Añade que "tampoco considera infringidos los artículos 94 y 96 de la Constitución española en la hipótesis, que no corresponde enjuiciar al TC, de que la ley de amnistía vulnere el derecho de la Unión Europea", según recoge Efe.
 

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