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Declaran "inválidos" los aranceles del 10% impuestos por Trump

  • Archivo - Donald Trump.
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MADRID (EP). El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos ha considerado "inválidos" los aranceles del 10% que el presidente Donald Trump introdujo temporalmente el pasado mes de febrero tras la anulación por el Tribunal Supremo de los gravámenes recíprocos masivos.

La decisión, que fue adoptada por una mayoría de 2 a 1 en un dividido panel de jueces, si bien representa un nuevo varapalo para la Casa Blanca no implica la retirada del nuevo arancel de forma general ni un reembolso masivo, sino que se aplicará directamente solo a tres de los demandantes: el estado de Washington y las empresas Burlap & Barrel y Basic Fun!, aunque deja abierta la puerta a que otros importadores soliciten medidas cautelares más amplias.

En su sentencia, el Tribunal de Comercio Internacional de EEUU considera que la promulgación de los aranceles en virtud de la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que otorga al presidente de EEUU la facultad de abordar ciertos problemas de pagos internacionales mediante recargos y otras restricciones especiales a las importaciones, "es inválida y los aranceles impuestos a los demandantes carecen de autorización legal".

En este sentido, la Corte señala que, en lugar de identificar los déficits de balanza de pagos, como se pretendía con ese término en 1974, la decisión presidencial se basa en los déficits de la cuenta corriente y en un análisis de "un déficit comercial considerable y grave", por lo que, a pesar de que la cuenta corriente sea relevante para los déficits de balanza de pagos, "son conceptos distintos, y la ley reconoce esta distinción.

De hecho, advierte de que la propia declaración del Gobierno reconoce claramente que la proclamación de los nuevos aranceles no se basa en los indicadores utilizados para medir los déficits de balanza de pagos que se discutieron en el momento de su promulgación.

No obstante, uno de los tres jueces del panel emitió un voto particular al considerar "prematuro" decidir si el Tribunal debía respaldar o invalidar la medida.

Esta decisión del Tribunal de Comercio Internacional de EEUU puede ser recurrida por el Gobierno mediante un recurso que enviaría el fallo al Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal de Estados Unidos, y luego, potencialmente, a la Corte Suprema.

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