Murcia Plaza

todas las infracciones y sanciones de los vehículos de movilidad personal

Alcantarilla multará con 600 euros a los patinetes que rebasen un 50% la velocidad máxima

  • Foto: EDUARDO PARRA (EP)

MURCIA. El municipio de Alcantarilla impondrá multas de hasta 600 euros para los usuarios de patinetes eléctricos que cometan infracciones muy graves. Es el caso, por ejemplo, de una circulación que exceda en más de un 50% la velocidad máxima autorizada. El Ayuntamiento alcantarillero ya tiene lista la Ordenanza de Movilidad que regula el uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal. No sólo ello, el texto también establece la nueva normativa y el régimen de sanciones por incumplimiento.

La ordenanza, que fue acordada por unanimidad en el último pleno del mes de abril, se prevé que entre en vigor en verano, según los cálculos del concejal de Seguridad Ciudadana, José Luis Bernal, ya que el documento se encuentra exposición pública, a la espera de su aprobación definitiva y posterior publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

Las sanciones por las infracciones en materia de vehículos de movilidad personal, recogidas en el artículo 57 de la ordenanza, abarcarán desde multas leves de 80 euros hasta sanciones muy graves penadas con 600 euros e incluirá igualmente los incumplimientos graves, que serán castigados con 200 euros. De hecho, la Policía Local podrá inmovilizar o retirar de la calzada a estos vehículos si ponen en peligro la seguridad vial.

Pero, antes de nada, ¿qué es un vehículo de movilidad personal? Según la ordenanza, es aquel que tiene una o dos ruedas y está "dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h".

Edad mínima: 15 años

La edad mínima para usar un patinete eléctrico será de 15 años. Aunque hay una excepción: "Excepcionalmente se permite la circulación a los menores de 15 años, y únicamente por las vías ciclistas, siempre que vayan acompañados de un adulto".

El usuario siempre deberá ir con un casco homologado. El vehículo, asimismo, deberá ser identificable de forma inequívoca con la documentación, "bien por la existencia de un número de serie o bastidor, o bien mediante la clara identificación de marca y modelo del mismo".

Sólo vías urbanas y nunca aceras 

Podrán circular vías urbanas, pero no por travesías, ni vías interurbanas, ni mucho menos autopistas y autovías. En concreto, pueden desplazarse por las vías ciclistas, carril bicis y sendas ciclables de Alcantarilla. Estará prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales.

Así lo explican: en la calzada podrán circular por el carril bici. "En los tramos donde no existan carriles bici en calzadas, circularán por la calzada por su derecha en las vías de un solo carril por sentido de circulación. Si se trata de vía de dos o más carriles en el mismo sentido de circulación, no podrán circular por la misma si el límite de velocidad de la vía es superior a 30 km/h".

Además, en vías ciclistas y carril bici deberán circular a velocidad moderada, sin que supere los 15 km/h. En caso de itinerarios ciclistas compartidos con el peatón, no podrán superar los 10 km/h de velocidad.

Sin auriculares ni móviles

No estarán permitidos los auriculares ni el uso del teléfono móvil durante la travesía. Su utilización, considerada una infracción grave, acarrearía una multa de 200 euros.

Tasa 0,0 para los menores

Tampoco se puede puede circular bajos los efectos del alcohol o las drogas. En concreto, no está permitido superar las tasas etílicas establecidas en el reglamento. En el caso de los menores, no hay ningún margen: debe ser 0,0 gr/litro en sangre o 0,0 mm/litro en aire espirado. La sanción, muy grave, alcanza los 600 euros. No en vano, los conductores están obligados a someterse a las pruebas pertinentes para que los agentes de la autoridad lo verifiquen.

A continuación Murcia Plaza desglosa, literalmente, el capítulo dedicado a las infracciones y sanciones en materia de vehículos de movilidad personal, tal y como ha sido aprobado por el pleno.

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